Citación pública por solicitud de registro de un producto cosmético veterinario: nanoSCENT Pet CBD RED
El Departamento de Medicamentos Veterinarios del Servicio Nacional de Salud Animal publicó un edicto que informa la solicitud de registro sanitario del producto veterinario nanoSCENT Pet CBD RED, clasificado en el grupo 4. No se trata de una aprobación: el documento cita públicamente la solicitud para que terceros con derecho puedan oponerse.
La solicitud fue presentada por Vanessa Robles Cruz, en su calidad de regente veterinario de la empresa CP Ciencias Pecuarias S.A. Se indica el domicilio declarado: 200 m sur del taller Romero Fournier, dentro del parqueo Grupo Trisan, La Uruca, San José, Costa Rica. El producto se fabrica en Croacia por la empresa OXYLUS d.o.o.
El producto se identifica como nanoSCENT Pet CBD RED y se describe con los siguientes ingredientes y porcentajes tal como aparecen en la publicación: carboximetilcelulosa 0.25%, extracto de Cannabis Sativa 0.125%, glicerina 0.5% y fragancia floral especiada 2%. La indicación consignada es: “cosmético para la higiene de perros y gatos”.
El edicto señala que la información del producto cumple con los requisitos del Reglamento Técnico Centroamericano RTCA 65.05.51:18 (Medicamentos Veterinarios, Productos Afines y sus Establecimientos. Requisitos de Registro Sanitario y Control) y con lo dispuesto en el Decreto Ejecutivo Nº 42965-COMEX-MEIC-MAG, según lo consignado en la publicación.
El departamento cita a terceros con derecho a oponerse y establece que los opositores deben presentar su oposición ante ese Departamento dentro del término de 5 días hábiles. Ese plazo se cuenta a partir del día siguiente a la publicación del edicto en el Diario Oficial “La Gaceta”. El edicto fue fechado en Heredia a las 15 horas del 9 de octubre del 2026 y se publicó en La Gaceta el 03/11/2026 según la referencia del aviso.
El edicto no declara que el registro esté aprobado ni da detalles sobre si ya hubo análisis, evaluaciones técnicas o el resultado de esas revisiones. Sobre efectos posteriores a vencido el plazo de oposición (por ejemplo, si se concede o niega el registro) no hay información en este documento.
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Este artículo explica una publicacion del Diario Oficial La Gaceta. La referencia juridica y documental primaria sigue siendo la Imprenta Nacional.
Documento oficial
La informacion fue detectada en el sitio oficial de Imprenta Nacional. Para lectura completa, consulte el documento original.
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