Edicto de notificación de resolución administrativa (Oficina Local de Aserrí) dirigido a progenitores no ubicados
La Oficina Local de Aserrí publicó un edicto notificando la existencia de una resolución administrativa fechada el día diecisiete de septiembre del año 2026, a las trece horas. El edicto informa que dicha resolución se refiere a la persona menor de edad identificada en el texto como S.S.G.F.
El edicto está dirigido a los señores Cristel Fallas Valverde (identificación 117010288) y Luis Granados Cubillo (identificación 116230093), ambos de nacionalidad costarricense, a quienes la autoridad declara no haber podido ubicar. Se les ordena que señalen un medio o lugar para recibir notificaciones de las resoluciones que dicte la Oficina Local competente. Es decir, deben informar a la Oficina Local cómo o dónde quieren que les envíen las futuras notificaciones.
El edicto aclara que contra “las citadas resoluciones” procede el recurso ordinario de revocatoria y apelación. Ese recurso puede interponerse de forma verbal o por escrito ante la misma Oficina Local. El plazo para presentar ese recurso es de tres días contados desde la notificación. El recurso presentado ante la Oficina Local será elevado ante la Presidencia Ejecutiva de la institución.
El edicto ordena su publicación por tres veces consecutivas. Se identifica el expediente como Nº OLD-00453-2019. La comunicación aparece firmada por el Lic. Federico Carrera Rivas como Representante Legal.
El texto publicado únicamente notifica la existencia de una resolución y los efectos procesales de la notificación (obligación de indicar domicilio para notificaciones y posibilidad de interponer recursos). Por tanto, a partir de este documento no puede saberse qué medidas, órdenes o cambios se decidieron en la resolución original; esa información no está incluida en la evidencia presentada.
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Este artículo explica una publicacion del Diario Oficial La Gaceta. La referencia juridica y documental primaria sigue siendo la Imprenta Nacional.
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