Resolución que abrió un Proceso Especial de Protección y dictó Fase Diagnóstica a favor de dos menores (MVCR y KMCR)
La resolución comunicada a Marlon Castro Calderón, fechada a las catorce horas del 18 de setiembre de 2026, dispone que se inicia un Proceso Especial de Protección y que se dicta la Fase Diagnóstica a favor de las personas menores de edad identificadas como MVCR y KMCR. Esta es la decisión principal que consta en el documento publicado en La Gaceta.
A las dos personas menores de edad mencionadas (MVCR y KMCR) como beneficiarias de la Fase Diagnóstica, y a Marlon Castro Calderón, a quien se dirige la notificación para efectos procesales y de comunicación.
Se le indica a Marlon Castro Calderón que debe señalar un lugar conocido para recibir notificaciones o, en su defecto, un número de facsímil para que las notificaciones se le practiquen por ese medio. Si no señala lugar conocido ni facsímil, o si el lugar señalado es inexacto, las notificaciones futuras se considerarán firmes veinticuatro horas después de dictadas.
Contra esta resolución procede únicamente el recurso de apelación ante la Presidencia Ejecutiva de la institución que emitió la resolución. Ese recurso debe interponerse ante el despacho que emitió la resolución, en horas hábiles, y puede presentarse de forma verbal o por escrito. El recurso debe presentarse dentro de las cuarenta y ocho horas hábiles siguientes a partir de la tercera publicación de este edicto; si se interpone fuera de ese término el recurso se considera inadmisible.
Se informa a la persona notificada que tiene derecho a asesorarse o representarse por un profesional en Derecho y que puede revisar y estudiar el expediente administrativo relacionado con este proceso.
El expediente relacionado es el N°. OLSR-00325-2018 y la resolución proviene de la Oficina Local de San Ramón. La representante legal que firma la comunicación es la Lcda. Yenory Rojas Ramírez. La publicación corresponde a La Gaceta (Imprenta Nacional), según el enlace de la evidencia.
El texto proporcionado comunica la decisión de iniciar el proceso y las instrucciones y plazos para notificaciones y recurso de apelación. Por tanto, sobre esas partes no puede afirmarse nada que no aparezca en el texto aquí transcrito.
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Este artículo explica una publicacion del Diario Oficial La Gaceta. La referencia juridica y documental primaria sigue siendo la Imprenta Nacional.
Documento oficial
La informacion fue detectada en el sitio oficial de Imprenta Nacional. Para lectura completa, consulte el documento original.
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