Notificación de resolución que inició proceso especial de protección y dictó medida de cuido provisional a favor de un menor
Se notifica a Jonathan Israel Hernández Pozo que, según la resolución de este despacho de las once horas del 17 de setiembre del 2026, se inició un proceso especial de protección y se dictó una medida de cuido provisional a favor de la persona menor de edad identificada como JDHF. La resolución obliga a Jonathan Israel Hernández Pozo a señalar un lugar conocido para recibir notificaciones o, en su defecto, un número de facsímil para que le practiquen notificaciones por ese medio. Si no señala ninguno o si el lugar o facsímil resulta inexacto, las futuras notificaciones quedarán firmes 24 horas después de ser dictadas.
La resolución indica que contra ella procede únicamente el recurso de apelación ante la Presidencia Ejecutiva de la institución que emite la resolución. Ese recurso debe interponerse ante el mismo despacho que hace la notificación, en horas hábiles, de forma verbal o por escrito y dentro del plazo de cuarenta y ocho horas hábiles siguientes a partir de la tercera publicación de este edicto; si se presenta fuera de ese término, el recurso será inadmisible. El notificado tiene el derecho a hacerse asesorar o representar por un profesional en Derecho y a revisar y estudiar el expediente administrativo.
fecha y hora de la resolución (11:00, 17/09/2026), la persona menor beneficiaria (JDHF), el destinatario de la notificación (Jonathan Israel Hernández Pozo), el número de expediente OLSR-00191-2026 y la oficina que suscribe (Oficina Local de San Ramón). La resolución fue comunicada por la Oficina Local de San Ramón, representada por la Licda. Yenory Rojas Ramírez.
Por tanto, no es posible con esta información afirmar otros efectos concretos, plazos adicionales, obligaciones específicas o cambios en la situación del menor fuera de lo que aquí se indica.
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