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La GacetaRegulacion03 de noviembre de 2026Explicación ciudadana

Solicitud de registro de la marca LUMBRIVA para producto farmacéutico (clase 5)

La Gaceta publica un aviso con la Solicitud Nº 2026-0013456 por la que se pide inscribir la marca LUMBRIVA como marca de comercio en la clase 5 internacional. El documento es una solicitud de registro; no es la concesión del registro, sino la petición en trámite que se publica para efectos de posible oposición.

El domicilio consignado de la solicitante es 13 Avenida 0-13, Zona 2, Colonia La Escuadrilla, Mixco, Guatemala.

Se pide que la marca LUMBRIVA proteja y distinga “Producto farmacéutico de uso humano” en la clase 5. La solicitud incluye una reserva que establece: “De conformidad con el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978 el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud.” Esto significa que la protección que se pide se limita a la forma exacta en que el signo fue presentado en la solicitud.

La solicitud fue presentada el 22 de octubre de 2026 y figura con fecha 27 de octubre de 2026 para efectos del edicto y su publicación. El aviso indica que, a efectos de publicación, se atendió lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.

Se cita a terceros interesados para que hagan valer sus derechos ante el Registro dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación del edicto. Es decir, desde la primera publicación en La Gaceta comienza a correr un plazo de dos meses para que quienes se consideren afectados presenten las acciones o alegatos que correspondan ante este Registro.

El aviso añade que la solicitud se rige por el artículo 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos, que señala que cuando la marca consiste en una etiqueta u otro signo compuesto por varios elementos, la protección no se extenderá a los elementos del conjunto que sean de uso común o necesarios en el comercio. Ese texto limita la extensión de la protección pedida: elementos de uso común o necesarios en el comercio no quedarían protegidos por el registro solicitado.

El aviso está firmado por la Registradora Katherine Jiménez Tenorio y el expediente figura con la identificación IN202601136355.

En la práctica, lo que cambia con este aviso es que queda constancia pública de la petición de registro de la marca LUMBRIVA y se abre el plazo de dos meses para que terceros presenten oposiciones o defensa de derechos ante el Registro. La solicitud seguirá en trámite y su eventual registro o rechazo dependerá de las actuaciones posteriores ante la autoridad registral y de la evaluación que ésta realice.

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Respaldo oficial

Este artículo explica una publicacion del Diario Oficial La Gaceta. La referencia juridica y documental primaria sigue siendo la Imprenta Nacional.

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Publicacion03 de noviembre de 2026
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