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La GacetaSalud03 de noviembre de 2026Explicación ciudadana

Publicación de solicitud para registrar la marca VENEPRAL (clase 5)

La Gaceta publica la Solicitud Nº 2026-0012580, presentada por Melissa Ivana Mora Martín en calidad de Apoderado Especial de Laboratorios Mallén S. A., para inscribir la marca VENEPRAL como marca de fábrica y comercio en la clase internacional 5. El documento es un edicto que pone en conocimiento público esa solicitud de registro de marca.

Se pide proteger la marca denominativa VENEPRAL como marca de fábrica y comercio en la clase 5. En la descripción que acompaña la solicitud se indica que, en clase 5, la marca se usará para “medicamentos para consumo humano, especialmente para el tratamiento de la esofagitis erosiva”. La solicitud incluye una reserva que señala que “el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud”, conforme al artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978; esto significa que la protección solicitada se limita a la forma exacta en que el signo se presenta en la solicitud.

El edicto cita a terceros interesados a fin de que, si consideran que la solicitud afecta sus derechos, los hagan valer ante el Registro dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Esa es la condición procesal que establece el texto para que otras personas o empresas presenten oposiciones u observaciones dentro del plazo indicado.

La solicitud aparece con fecha 7 de octubre de 2026 y fue presentada el 2 de octubre de 2026, según el texto del edicto. La publicación en La Gaceta corresponde a la edición con referencia de fecha 03/11/2026 en la fuente indicada.

El documento incluye además una nota que reproduce el contenido del artículo 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos, que dice: “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”. Esa cita establece un límite legal al alcance de la protección: si la marca fuera un conjunto de elementos que incluye signos de uso común o necesarios en el comercio, esos elementos no quedarían protegidos por el registro. El edicto no detalla aquí si VENEPRAL contiene tales elementos; solo incorpora la norma que limita la protección en esos casos.

El solicitante figura como Laboratorios Mallén S. A., representado por Melissa Ivana Mora Martín, con domicilio consignado como “Calle Euclides Morillo NO. 53, Arroyo Hondo, Santo Domingo, Distrito Nacional, República Dominicana, República Dominicana, República Dominicana”. El texto repite “República Dominicana” tres veces; esa repetición aparece en la transcripción del edicto y puede ser una duplicación o error en la redacción del domicilio en el documento original.

En la práctica, este edicto informa que existe una petición para registrar la marca VENEPRAL en la clase 5 y abre el plazo para que terceros con interés legítimo presenten oposiciones ante el Registro durante dos meses desde la primera publicación. La publicación sirve para que quienes crean tener derechos previos o razones para oponerse puedan acudir al Registro dentro del plazo señalado. El edicto no especifica aquí una decisión final sobre la inscripción; su contenido se limita a la publicación de la solicitud y a las condiciones y límites legales mencionados.

La información proviene del edicto publicado en La Gaceta, con el documento identificado internamente como IN202601136302 y registrado como Solicitud Nº 2026-0012580. El registrador que firma el edicto aparece como Walter Alfaro González.

Esta explicación se basa únicamente en el texto del edicto publicado en La Gaceta que consta en la evidencia. No se agrega información externa ni interpretaciones sobre determinaciones posteriores del Registro, presupuesto o trámites adicionales que no estén expresamente contenidos en ese documento. Cuando el edicto repite o presenta textos legales, se traslada su contenido literal o su efecto práctico tal como aparece en la publicación; si el documento está incompleto o contiene repeticiones (por ejemplo, en el domicilio), aquí se señala esa circunstancia sin corregirla ni sustituirla.

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Respaldo oficial

Este artículo explica una publicacion del Diario Oficial La Gaceta. La referencia juridica y documental primaria sigue siendo la Imprenta Nacional.

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TipoDocumento oficial
Publicacion03 de noviembre de 2026
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La informacion fue detectada en el sitio oficial de Imprenta Nacional. Para lectura completa, consulte el documento original.

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