Solicitud de registro de marca de comercio (clase 25) presentada por Asoagro J&C S.A.
Se solicita inscribir como marca de comercio un signo gráfico para proteger prendas de vestir, calzado y artículos de sombrerería (clase 25). La petición fue presentada ante el Registro de Marcas y Otros Signos Distintivos y se publica para que terceros interesados puedan oponerse dentro del plazo indicado.
Se consignan datos de domicilio del solicitante en Pital, San Carlos (dirección detallada en la publicación). La fecha que figura como de la solicitud es 18 de agosto de 2026 y la presentación ante el Registro se registró el 17 de junio de 2026.
Se pide protección como marca en la clasificación internacional 25, que cubre “prendas de vestir; calzado; artículos de sombrerería”. El solicitante reserva los colores verde, amarillo y naranja como parte del signo. El Registro indica que, de conformidad con el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978, el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud; es decir, la protección se limita a la reproducción del signo en la forma y colores solicitados tal como está presentado en la documentación.
Se cita a terceros interesados para que, si consideran que sus derechos se verían afectados, los hagan valer ante este Registro dentro de los dos meses siguientes contados a partir de la primera publicación del edicto. Además, la publicación incorpora la precisión del artículo 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos (mencionada en el edicto): cuando la marca consista en una etiqueta u otro signo compuesto por varios elementos, la protección no se extenderá a los elementos de uso común o necesarios en el comercio. Esto significa que, según la propia publicación, elementos que sean de uso corriente y necesarios para el comercio no quedarán protegidos por la marca si forman parte de la etiqueta.
La Gaceta indica que, para efectos de publicación, se tuvo en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. La registradora que firma la publicación es Viviana Quesada Morales. La fuente oficial de esta publicación es La Gaceta (Imprenta Nacional), documento disponible en la URL indicada en la evidencia.
En la práctica, el efecto inmediato es la puesta en conocimiento público de la solicitud de registro y el inicio del plazo de dos meses para que terceros presenten oposiciones ante el Registro. El edicto no confirma la concesión del registro ni indica que la marca ya esté inscrita; solo comunica la solicitud y las condiciones de protección y límites señalados en la publicación. Si la solicitud fuera aceptada o rechazada, esa decisión no está incluida en este documento y quedaría sujeta a trámites posteriores del Registro.
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Este artículo explica una publicacion del Diario Oficial La Gaceta. La referencia juridica y documental primaria sigue siendo la Imprenta Nacional.
Documento oficial
La informacion fue detectada en el sitio oficial de Imprenta Nacional. Para lectura completa, consulte el documento original.
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