Solicitud de registro de la marca MCMASTER para software, catálogos y servicios relacionados con suministros industriales
La Gaceta publicó la Solicitud Nº 2026-0007393, presentada por María De La Cruz Villanea Villegas en calidad de Apoderado Especial de McMaster-Carr Supply Company (domicilio: 600 N. County Line Road Elmhurst, Illinois 60126, Estados Unidos). La publicación es un edicto de inscripción en el Registro de Marcas: informa que se solicitó la inscripción de la marca MCMASTER como marca de fábrica y de servicios y hace pública la solicitud para que terceros interesados puedan defender sus derechos. No se trata de una aprobación ni de un rechazo: el documento registra la petición para el trámite correspondiente.
La solicitud pide proteger el signo MCMASTER “tal y como aparece en la solicitud” (reserva indicada en el texto) para una lista extensa de productos y servicios organizados por clases internacionales 9, 16, 35 y 42. Si el registro se concede, la protección solicitada sería respecto del uso de la marca MCMASTER en los productos y servicios descritos y en la forma presentada en la petición. La descripción incluida en la solicitud detalla, entre otros, lo siguiente:
software y aplicaciones descargables relacionadas con suministros industriales, incluyendo: software de chatbot que utiliza inteligencia artificial (IA) para responder preguntas de clientes sobre productos de suministros industriales y dirigirlos a páginas web de visualización y compra; aplicaciones móviles para consultar catálogos, revisar información de productos y realizar pedidos; archivos electrónicos descargables con dibujos técnicos y modelos virtuales tridimensionales; y software para visualizar, modelar y representar en 3D productos y para generar listas de materiales (bill of materials, BOM).
catálogos impresos en el ámbito de los suministros industriales.
suministro de información sobre productos de consumo y sobre suministros industriales, incluido por Internet; servicios de catálogos electrónicos y servicios de pedidos por catálogo y en línea; servicios de tiendas mayoristas y minoristas, presenciales y en línea, todos en el ámbito de los suministros industriales; agrupación o concentración, en beneficio de terceros y excluido el transporte, de suministros industriales para que clientes puedan ver y adquirir productos cómodamente mediante catálogos de venta por correo o puntos de venta al por mayor; y suministro de un sitio web con reseñas, calificaciones y recomendaciones publicadas por usuarios y con información que puede incluir dibujos técnicos y modelos electrónicos tridimensionales.
suministro de software en línea no descargable (software como servicio) para recuperación e integración de información de productos, precios y disponibilidad con sistemas de terceros; sitios web con software en línea para consultar catálogos electrónicos, especificaciones y disponibilidad; suministro temporal de software de chatbot en línea no descargable que utiliza IA para responder preguntas de clientes sobre suministros industriales y dirigirlos a páginas de visualización y compra; y servicios de inteligencia artificial como servicio (AIaaS) que incluyen software basado en IA para responder preguntas de clientes, analizar datos e interactuar con personas.
La solicitud incluye una reserva expresa: “De conformidad con el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978 el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud.” Además, el edicto recuerda que, conforme al artículo 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos, “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio.” Esas dos frases son parte de la propia publicación y delimitan que la protección solicitada se refiere al signo en la forma declarada y que no alcanzaría elementos de uso común o necesarios en el comercio tal como se expresa en el texto.
La solicitud indica como fecha de prioridad 19 de junio de 2026 y como fecha de presentación 17 de junio de 2026, según consta en el edicto. La Registradora cita a terceros interesados para que hagan valer sus derechos ante el Registro dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto; es decir, el plazo para presentar oposiciones u otras acciones que el procedimiento permita es de dos meses desde la primera publicación.
El edicto aparece publicado en La Gaceta (Imprenta Nacional) y contiene la firma o constancia de Ildreth Araya Mesén, Registradora. El texto señala además “( IN202601136232 )” como referencia interna de la publicación.
El texto publicado describe la solicitud tal como fue presentada. Donde el edicto usa términos técnicos (por ejemplo, “software en línea no descargable”, “AIaaS”, “BOM”), el documento los enumera como parte de la lista de productos y servicios objeto de la solicitud. Si alguna frase del edicto fuera incompleta o ambigua, el resumen no la interpreta más allá de reproducir su efecto práctico según está escrito en la publicación.
¿Te resultó útil esta explicación?
Las reacciones muestran opinión de la comunidad; no cambian el contenido ni validan el documento oficial.
Inicia sesión para reaccionar.
Enviar una sugerencia sobre esta publicación
Este artículo explica una publicacion del Diario Oficial La Gaceta. La referencia juridica y documental primaria sigue siendo la Imprenta Nacional.
Documento oficial
La informacion fue detectada en el sitio oficial de Imprenta Nacional. Para lectura completa, consulte el documento original.
Comentarios (0)
Los comentarios son opiniones de sus autores. No forman parte de la explicación editorial ni sustituyen la fuente oficial.
Inicie sesión para comentar, responder o reportar.
Todavía no hay comentarios visibles. Puede iniciar la conversación.