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La GacetaRegulacion03 de noviembre de 2026Explicación ciudadana

Solicitud de registro de marca para productos de limpieza (clase 3) presentada por Sanfer Farma

El documento es un aviso de solicitud de inscripción de una marca de fábrica y comercio. No es una inscripción aprobada: es la presentación formal de la petición ante el Registro. Quién presentó la solicitud: Anel Michelle Aguilar Sandoval, en calidad de Apoderado Especial de la empresa Sanfer Farma, S. A. P. I. DE C. V., con domicilio en Ciudad de México (Boulevard Adolfo López Mateos NO. 2260, Col. Tlacopac). Fechas relevantes: la solicitud fue presentada el 1 de octubre de 2026 y la fecha que figura en el documento es 23 de octubre de 2026. La publicación pertinente aparece en La Gaceta (ver enlace oficial). Qué se solicita y a qué productos afecta: Se pide registrar la marca en la clase internacional 3. Los bienes que se pretenden proteger bajo esa marca son: productos de limpieza; preparaciones de limpieza; productos para limpiar, pulir, desengrasar y raspar superficies; esas preparaciones para uso doméstico, industrial y quirúrgico. Condiciones y límites de la protección solicitada: El solicitante reserva la protección del signo tal y como aparece en la solicitud, de conformidad con el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978; es decir, la protección se reclama sobre la presentación gráfica del signo tal como fue presentada. Además, el aviso incluye la cita del artículo 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos: “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”. Esto significa que, según el texto citado, si la marca contiene elementos que son de uso común o necesarios en el comercio, esos elementos no quedan protegidos por la marca. Plazo y posibilidad de oposición: El Registro cita a terceros interesados para que, si lo desean, ejerzan sus derechos y presenten oposiciones ante el Registro dentro de los dos meses siguientes contados a partir de la primera publicación de este edicto. Es decir, desde la primera publicación de este aviso (la que corresponde a La Gaceta), hay un plazo de dos meses para que cualquier tercero que considere afectado presente su oposición. Actuación práctica: En la práctica, hoy se registra que se recibió la solicitud de marca y que quedó publicada para conocimiento público; la solicitud seguirá su trámite administrativo en el Registro y podrá recibir oposiciones durante el plazo señalado.

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Respaldo oficial

Este artículo explica una publicacion del Diario Oficial La Gaceta. La referencia juridica y documental primaria sigue siendo la Imprenta Nacional.

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Publicacion03 de noviembre de 2026
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