Solicitud de registro de la marca METEOR ULTRA para camiones (Clase 12)
La Gaceta publica una solicitud de inscripción de marca presentada ante el Registro de marcas. En la solicitud se pide inscribir METEOR ULTRA como marca de fábrica y comercio en la clase internacional 12.
El signo solicitado se pretende proteger para "Camiones" en la clase 12. El edicto señala que, de conformidad con el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978, "el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud". El aviso también reproduce la limitación prevista en esa norma que dice: "Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio". Es decir, la protección solicitada abarcará exactamente el distintivo tal como fue presentado y no cubrirá por separado elementos del diseño que sean de uso común o necesarios en el comercio, según la redacción citada.
Para efectos de publicación se indica que debe tenerse en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. La fecha que figura en el texto del edicto es 11 de junio de 2026; el documento también señala que la solicitud fue presentada el 3 de junio de 2026 y marca la misma fecha, 11 de junio de 2026, para la cita a terceros. Se convoca a terceros interesados a hacer valer sus derechos ante este Registro dentro de los dos meses siguientes contados a partir de la primera publicación de este edicto. El aviso incluye el identificador IN202601136104 y está firmado por el registrador Richard Valerin Castro.
la acción concreta es la petición formal de inscripción de la marca METEOR ULTRA para identificar camiones en la clase 12; la persona que realiza la petición y su representación están detalladas; la protección solicitada será la que aparece en la solicitud y queda sujeta a la restricción indicada sobre elementos de uso común en la etiqueta; y existen dos meses desde la primera publicación para que terceros presenten oposiciones o reclamos ante el Registro. El edicto no describe aquí los efectos administrativos que tendrá la inscripción una vez admitida ni el procedimiento completo de oposición; solo fija la solicitud, las condiciones expresadas y el plazo de citación a terceros.
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Este artículo explica una publicacion del Diario Oficial La Gaceta. La referencia juridica y documental primaria sigue siendo la Imprenta Nacional.
Documento oficial
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