Solicitud de registro de marca de fábrica y comercio (N° 2026-0007085): pedido de protección para productos en las clases 17, 21 y 25
La publicación es un aviso de solicitud de registro de marca de fábrica y comercio con número 2026-0007085. No es una resolución que conceda el registro; es la presentación formal de la solicitud para que el Registro la examine y para que terceros interesados puedan oponerse si lo consideran. La solicitud fue presentada el 11 de junio de 2026 y la fecha que figura en el documento es 30 de septiembre de 2026. El solicitante aparece como María de La Cruz Villanea Villegas, actuando en calidad de Apoderado Especial de Zhenghao Cai, ciudadano de China, con pasaporte EK0081830, y con domicilio declarado en Laozhai, Dagutang Village, Zhouxiang Town, Cixi City, Zhejiang, China.
clase 17, clase 21 y clase 25. El aviso enumera los productos concretos que se piden proteger en cada clase. En clase 17 figuran, entre otros, almohadillas antideslizantes de caucho; materiales de relleno de caucho o materias plásticas; cintas adhesivas que no sean de papelería ni para uso cosmético, médico o doméstico; y aislantes. En clase 21 se piden peines (incluye peines eléctricos), cepillos (incluye cepillos de dientes y cepillos de dientes eléctricos), botellas, vaporizadores de perfume, regaderas, recipientes para uso doméstico o culinario, mezcladores y exprimidores de fruta no eléctricos para uso doméstico, frascos de vidrio [recipientes], utensilios cosméticos, instrumentos de limpieza accionados manualmente y hervidores no eléctricos, entre otros mencionados. En clase 25 la solicitud cubre prendas como casacas de barbero; capas de peluquería; capas para champú; chalecos para peluquerías y salones de belleza; guantes [prendas de vestir]; zapatos; camisetas de deporte; y camisetas [de manga corta].
“De conformidad con el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978 el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud.” También se señala que esta solicitud se rige por el artículo 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos, que indica que cuando la marca consista en una etiqueta u otro signo compuesto por varios elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesarios en el comercio. Es decir, la protección pedida se limita a la apariencia del signo tal como se presentó, y no cubre de forma automática elementos del signo que sean de uso común en el comercio según lo indicado en ese artículo.
El aviso cita a terceros interesados para que, si creen que sus derechos se afectarían, los defiendan ante el Registro. Ese plazo para oponerse es de dos meses contados desde la primera publicación del edicto (el texto señala ese plazo y la referencia a las normas de publicación). La Registradora que firma el aviso es Rina Ruiz Mata y el documento aparece publicado en La Gaceta (Imprenta Nacional).
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Este artículo explica una publicacion del Diario Oficial La Gaceta. La referencia juridica y documental primaria sigue siendo la Imprenta Nacional.
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