La Gaceta
La GacetaMunicipalidades03 de noviembre de 2026Explicación ciudadana

Edicto de la Municipalidad de Curridabat: notificación por obras sin permiso a Guiselle María Méndez Mora (domicilio desconocido)

Se le atribuye la propiedad de la finca registrada como 1-472616-000, en la cual se identificó una obra constructiva irregular: una cubierta para segundo nivel realizada sin los permisos de construcción municipales correspondientes.

La decisión concreta que se comunica es que, en aplicación de los artículos 66 y 94 de la Ley de Construcciones y del párrafo tercero del artículo 12 del Reglamento para el Procedimiento de Demoliciones, Sanciones y Cobro de Obras Civiles en el cantón de Curridabat, y dado que no se atendió un primer plazo anterior, se concede ahora al propietario de la finca un plazo de 15 días hábiles para “ponerse a derecho con las obras realizadas sin permisos municipales”. Esto significa que la persona propietaria debe regularizar la situación de la obra ante la Municipalidad dentro de ese plazo, según lo que indica el edicto.

se procederá conforme a lo establecido en el artículo 96 de la Ley de Construcciones y en el artículo 11 del Reglamento citado, lo que el texto explica como la posibilidad de demoler la obra por parte de la Municipalidad. El costo de esa demolición deberá ser asumido por el propietario de la finca. El documento identifica como unidad responsable al Departamento de Inspecciones y como encargado al Ing. Julio César Ramos Chacón. También incluye un registro interno (IN202601135971) y fue publicado en La Gaceta (Imprenta Nacional) según la fuente proporcionada.

el edicto no especifica en la redacción cuál es la fecha exacta desde la que empiezan a contarse los 15 días hábiles otorgados ni detalla el procedimiento preciso para “ponerse a derecho” (por ejemplo, trámites, plazos administrativos internos, montos a pagar o medidas concretas a ejecutar). Esa información no figura en el texto del edicto y, por tanto, no puede afirmarse aquí cómo y cuándo debe iniciarse la cuenta del plazo ni cuáles son los pasos administrativos concretos que la persona debe seguir para regularizar la obra.

¿Te resultó útil esta explicación?

Las reacciones muestran opinión de la comunidad; no cambian el contenido ni validan el documento oficial.

Inicia sesión para reaccionar.

Enviar una sugerencia sobre esta publicación

Respaldo oficial

Este artículo explica una publicacion del Diario Oficial La Gaceta. La referencia juridica y documental primaria sigue siendo la Imprenta Nacional.

Abrir vista oficial
TipoDocumento oficial
Publicacion03 de noviembre de 2026
DocumentoPDF oficial disponible

Documento oficial

La informacion fue detectada en el sitio oficial de Imprenta Nacional. Para lectura completa, consulte el documento original.

Conversación pública

Comentarios (0)

Los comentarios son opiniones de sus autores. No forman parte de la explicación editorial ni sustituyen la fuente oficial.

Todavía no hay comentarios visibles. Puede iniciar la conversación.