Solicitud de inscripción como Marca de Servicios N.º 2026-0009520
El documento publicado en La Gaceta es un edicto que comunica la solicitud de inscripción como Marca de Servicios identificada con el número 2026-0009520. El domicilio consignado en la solicitud es: La Unión, Tres Ríos, Urbanización La Carpintera, 100 metros este del abastecedor Los Almendros, casa esquinera, dos plantas, casa 198, Cartago, Costa Rica. El registrador que firma el edicto es Rebeca Madrigal Garita y el expediente aparece referido con el código IN202601135956.
La solicitud pide la inscripción de un signo como Marca de Servicios en las clases internacionales 9 y 42. En la clase 9 se indica "Software de aplicaciones". En la clase 42 se indica "Suministros de sistemas informáticos virtuales para informática en la nube". La solicitud reserva los colores azul marino oscuro y verde azulado para la representación del signo. El edicto señala, en conformidad con el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978, que "el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud", es decir, la protección solicitada se refiere a la forma en que el signo fue presentado en el expediente.
Se consigna la fecha "10 de agosto de 2026" y que la solicitud fue presentada el "4 de agosto de 2026". El edicto cita a "terceros interesados en defender sus derechos" para que hagan valer sus derechos ante el Registro dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. El edicto también reproduce la advertencia del artículo 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos: “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”. Esa frase indica un límite en la extensión de la protección solicitada, según la misma redacción del edicto.
El edicto comunica la existencia de la solicitud y establece el plazo para que terceros interesados presenten ante el Registro las acciones que correspondan dentro de los dos meses desde la primera publicación. El edicto no contiene expresiones que otorguen o nieguen la inscripción definitiva; documenta la petición y las condiciones de publicación y oposición tal como aparecen en la solicitud y según lo citado en el texto publicado.
Toda la explicación anterior se basa exclusivamente en el texto del edicto publicado en La Gaceta. No se incorporaron ni se infirieron actos administrativos posteriores ni determinaciones del Registro más allá de lo que el edicto expresa. Cuando el edicto cita artículos legales lo hace para fijar la forma de protección y sus límites, y esas citas se reproducen tal como aparecen en la evidencia.
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Este artículo explica una publicacion del Diario Oficial La Gaceta. La referencia juridica y documental primaria sigue siendo la Imprenta Nacional.
Documento oficial
La informacion fue detectada en el sitio oficial de Imprenta Nacional. Para lectura completa, consulte el documento original.
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