Solicitud de inscripción de marca de fábrica y comercio (clases 3 y 5) presentada por Apoderado Especial de Ana Marisol Rivera Borjas
Se publicó en La Gaceta un aviso sobre la solicitud Nº 2026-0011630 para inscribir una marca de fábrica y comercio. La publicación contiene la información de la solicitud y las condiciones con que se tramita, pero no es una resolución final de registro; es un edicto que abre el período para que terceros defiendan sus derechos.
La solicitud aparece identificada con el número 2026-0011630.
Se solicita la protección de un signo como Marca de Fábrica y Comercio en dos clases internacionales:
Productos cosméticos naturales y preparaciones de tocador no medicinales elaboradas a base de ingredientes o extractos de origen natural. Entre los bienes listados aparecen: champús no medicinales; acondicionadores para el cabello; preparaciones cosméticas para el cuidado del cabello, cuero cabelludo, piel y cuerpo; aceites cosméticos; y tratamientos cosméticos capilares no medicinales.
Productos medicinales para el cuidado del cabello y cuero cabelludo elaborados a base de ingredientes o extractos de origen natural. En esta clase la lista incluye: champús medicinales; lociones medicinales para el cabello y cuero cabelludo; y preparaciones medicinales para el tratamiento de la caspa y otras afecciones del cuero cabelludo.
El edicto contiene una “reserva” según la cual “el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud”, conforme a lo dispuesto en el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos (cita textual incluida en la publicación). Esto significa que la protección pedida se limita a la forma exacta del signo tal como fue presentada en la solicitud publicada. La publicación también menciona, para efectos de publicación, la referencia al artículo 85 de la Ley 7978 y que la solicitud se rige por el artículo 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos; estas referencias están textualmente en el edicto.
El edicto cita expresamente que se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante el Registro dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Por tanto, no es posible afirmar con certeza el significado preciso de cada fecha más allá de que ambas figuran en el aviso.
En la práctica, la publicación pone en conocimiento público que alguien solicita la inscripción de una marca para los productos listados en las clases 3 y 5. Mientras el Registro tramite el expediente, terceras personas que consideren que la inscripción vulnera sus derechos pueden presentar oposiciones o acciones ante el Registro dentro del plazo de dos meses contado desde la primera publicación. La publicación no constituye la concesión del registro; solo es parte del procedimiento administrativo que permite que otros interesados se manifiesten.
El edicto está rubricado por Richard Valerín Castro en calidad de Registrador(a) y aparece el identificador IN202601135910 en la transcripción publicada en La Gaceta. La fuente oficial de la publicación es La Gaceta (Imprenta Nacional), con el documento disponible en la URL indicada en el aviso.
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Este artículo explica una publicacion del Diario Oficial La Gaceta. La referencia juridica y documental primaria sigue siendo la Imprenta Nacional.
Documento oficial
La informacion fue detectada en el sitio oficial de Imprenta Nacional. Para lectura completa, consulte el documento original.
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