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La GacetaMunicipalidades03 de noviembre de 2026Explicación ciudadana

Modificación de la declaratoria de interés público para el tramo Sifón Naranjo–Nueva Carretera San Carlos (Punta Sur): se actualiza el inmueble expropiable a la nueva finca 655937-000

El Ministerio de Obras Públicas y Transportes (MOPT) modifica la declaratoria de “interés o utilidad pública” relacionada con el proyecto “Diseño Constructivo de la Nueva Carretera San Carlos, Provincia de Alajuela (Punta Sur)”. Con esta resolución se actualiza el inmueble objeto del expediente expropiatorio para que corresponda a la nueva finca N° 655937-000 del partido de Alajuela, con un área total equivalente a 37,127.00 metros cuadrados, individualizada mediante el plano catastrado N° A-0051540-2025. La modificación rige a partir de su publicación.

Afecta el trámite de expropiación que se inició sobre un terreno de mayor extensión inscrito originalmente bajo una matrícula extensa vinculada a Matilde Zumbado Vargas y Otros. En la práctica, el procedimiento administrativo de expropiación se continúa pero ahora referido específicamente a la nueva finca N° 655937-000 y a la superficie concreta de 37,127.00 metros cuadrados destinada a la construcción del tramo Sifón Naranjo–Nueva Carretera San Carlos (Punta Sur). La resolución ordena además gestionar la actualización del mandamiento de anotación para que la declaratoria quede anotada sobre la nueva matrícula 655937-000.

El cambio responde a una resolución del Juzgado Contencioso Administrativo (fecha señalada en el documento: las 14:30 horas del 14 de octubre del 2026) que suspendió la tramitación de solicitudes de la empresa expropiada (se menciona a Inversiones Picado Guzmán S.A.) hasta que la Administración adecúe los actos administrativos al inmueble que realmente es objeto del proceso. Ese tribunal señaló que, tras la individualización del terreno con el plano catastrado N° A-0051540-2025 y la constitución de la nueva finca 655937-000, la Administración debe legalmente: realizar un nuevo avalúo administrativo; emitir y publicar un nuevo acuerdo expropiatorio en La Gaceta; dictar una nueva declaratoria de interés público; y presentar un nuevo escrito inicial para el proceso de expropiación. El MOPT explica que, por facultad de rectificación administrativa, procede a modificar la declaratoria para que el expediente administrativo N° SABI 2021-236 continúe sobre la nueva finca y la superficie indicada.

La resolución modifica la declaratoria previa exclusivamente en cuanto al inmueble (identificación mediante plano y nueva matrícula) y la superficie (37,127.00 metros cuadrados) destinada para la construcción de la carretera en el tramo señalado. En lo demás, las resoluciones administrativas originarias (la N° 000545 de 20 de agosto de 2021 y su modificación N° 2025-1474 de 31 de octubre de 2025) se mantienen incólumes según el texto. La resolución ordena gestionar la anotación de la declaratoria sobre la nueva finca y establece que la modificación rige a partir de su publicación.

El documento registra la orden judicial y que la Administración debe efectuar acciones concretas (nuevo avalúo, nuevo acuerdo expropiatorio, nueva declaratoria y un escrito inicial para el juicio), pero esta resolución del MOPT se limita a modificar la declaratoria para la nueva finca y a pedir la actualización del mandamiento de anotación. No se detallan en esta resolución las fechas en que esas acciones administrativas (por ejemplo, la publicación del nuevo acuerdo o la presentación del nuevo escrito inicial) se realizarán ni quiénes concretamente ejecutarán cada una, salvo la orden genérica de gestionar la actualización del mandamiento.

La modificación dispone que rige a partir de su publicación en el diario oficial.

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