La Gaceta
La GacetaRegulacion02 de noviembre de 2026Explicación ciudadana

Resolución del Patronato Nacional de la Infancia, Oficina Local de Grecia: pasar el caso a Segunda Instancia, plazos para plan de intervención y audiencia escrita

La Oficina Local de Grecia del Patronato Nacional de la Infancia comunicó a José Pablo Aguilar Méndez una resolución, fechada en Grecia el 21 de setiembre del 2026, cuyo núcleo decisorio es enviar el proceso a Segunda Instancia para que se profundice la investigación mediante una fase diagnóstica. Esa es la decisión principal que adopta el documento publicado en La Gaceta.

En la práctica, la resolución ordena tres medidas concretas. Primero, pasar el expediente a Segunda Instancia para continuar la investigación con una fase diagnóstica. Segundo, el profesional asignado a esa fase tiene un plazo de 20 días hábiles para elaborar un plan de intervención, preparar el cronograma correspondiente y emitir las recomendaciones que considere pertinentes. Tercero, se concede una audiencia escrita a las partes para que presenten lo que consideren pertinente.

se concede por un plazo de cinco días hábiles “posteriores al de la notificación de este acto”, lo que significa que las partes disponen de esos cinco días hábiles contados a partir de la notificación para presentar alegatos y pruebas. Durante la audiencia, las partes cuentan con: acceso al expediente administrativo; la posibilidad de presentar alegatos y pruebas; y la opción de hacerse acompañar o representar por un profesional en derecho si así lo desean. La resolución agrega que en esos cinco días las partes podrán ofrecer la prueba que consideren necesaria.

Contra lo ordenado es posible interponer un recurso de apelación ante la Presidencia Ejecutiva del Patronato Nacional de la Infancia. El recurso debe presentarse dentro de las 48 horas siguientes a la notificación de esta resolución.

debe indicar un lugar (casa u oficina) donde recibir notificaciones y señalar un medio electrónico del tipo facsímil. La resolución establece que, si no se señala un lugar, o si el lugar señalado es impreciso, inexacto o desaparece, o si el medio electrónico fuera defectuoso o estuviera desconectado, las resoluciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después de dictadas. El expediente referido en el acto es OLPUN-00248-2019.

La fuente de esta explicación es la resolución publicada en La Gaceta por la Oficina Local de Grecia del Patronato Nacional de la Infancia, fechada el 21 de setiembre del 2026 y suscrita por la Licda. Carmen Lidia Durán Víquez como Representante Legal.

la resolución dice que la audiencia se concede por “un plazo de cinco días hábiles, posteriores al de la notificación de este acto”. Ese redactado indica que el cómputo de los cinco días empieza tras la notificación, pero no detalla si se cuenta desde el día siguiente ni especifica si hay reglas adicionales de cómputo de plazos. Donde el texto sea impreciso en ese punto, esta explicación no añade reglas externas y conserva la formulación que aparece en la evidencia.

¿Te resultó útil esta explicación?

Las reacciones muestran opinión de la comunidad; no cambian el contenido ni validan el documento oficial.

Inicia sesión para reaccionar.

Enviar una sugerencia sobre esta publicación

Respaldo oficial

Este artículo explica una publicacion del Diario Oficial La Gaceta. La referencia juridica y documental primaria sigue siendo la Imprenta Nacional.

Abrir vista oficial
TipoDocumento oficial
Publicacion02 de noviembre de 2026
DocumentoPDF oficial disponible

Documento oficial

La informacion fue detectada en el sitio oficial de Imprenta Nacional. Para lectura completa, consulte el documento original.

Conversación pública

Comentarios (0)

Los comentarios son opiniones de sus autores. No forman parte de la explicación editorial ni sustituyen la fuente oficial.

Todavía no hay comentarios visibles. Puede iniciar la conversación.