Edicto de publicación: Solicitud de registro de marca N° 2026-0010885 presentada por Corn Products Development Inc.
La Gaceta publica el edicto relativo a la Solicitud N° 2026-0010885, presentada ante el Registro de Marcas por María De La Cruz Villanea Villegas en calidad de apoderada especial de Corn Products Development Inc. (domicilio en 5 Westbrook Corporate Center Westchester, Illinois 60154, United States). La publicación oficial aparece en La Gaceta y el documento registra la información de la solicitud y las condiciones que se anuncian para terceros.
La solicitud pide la inscripción de un signo como marca de fábrica y comercio en las clases internacionales 1, 5 y 30. El edicto describe, para cada clase, los productos o usos que se pretenden proteger: en clase 1, productos industriales relacionados con almidón (incluyendo dextrinas, jarabes, polímeros y resinas) para uso en la fabricación de papel, cartón, textiles, productos espumados, adhesivos, materiales de construcción, productos de higiene personal, limpieza, embalaje y productos farmacéuticos; además, almidones industriales, hidrocoloides, harinas, emulsionantes, espesantes y gelificantes para la fabricación de alimentos y bebidas; y almidones industriales para la encapsulación de aromas, vitaminas y especias. En clase 5, la solicitud incluye edulcorantes, excipientes, dextrosa, almidón, fibra dietética, polioles, calcio y minerales de origen vegetal, y jarabes destinados a la fabricación de productos farmacéuticos, alimentos para lactantes, complementos alimenticios y sustancias dietéticas para uso médico; también los mismos tipos de productos destinados a la fabricación de piensos y complementos alimenticios para animales. En clase 30, se incluyen aditivos alimentarios destinados a ser utilizados como ingredientes con fines no nutricionales; y jarabes, dextrina, almidones, hidrocoloides, harinas, emulsionantes, edulcorantes, polioles, fibras dietéticas (incluidas prebióticas y de inulina), calcio y minerales de origen vegetal, espesantes y gelificantes para la fabricación de alimentos y bebidas.
La solicitud contiene una reserva expresada como “el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud”, de conformidad con el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978. El edicto incorpora además la advertencia prevista en el artículo 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos: “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”. Es decir, la solicitud declara que la protección solicitada se limitará a la representación exacta del signo que figura en la inscripción y reconoce que no se pretende proteger elementos genéricos o de uso común que aparezcan en la etiqueta.
La solicitud fue presentada el 28 de agosto de 2026. El edicto se fecha el 20 de octubre de 2026 y para efectos de publicación indica esa fecha. El edicto cita a “terceros interesados” para que hagan valer sus derechos ante el Registro dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. El expediente aparece con la referencia IN202601136314 y la registradora que firma el edicto es Katherine Jiménez Tenorio.
El edicto llama la atención de terceros que consideren afectados por la inscripción solicitada. Esos terceros pueden ejercer las acciones que correspondan “para hacer valer sus derechos” ante el Registro dentro del plazo de dos meses desde la primera publicación del edicto. El edicto no detalla en sí el procedimiento concreto para presentar oposiciones ni los requisitos formales para hacerlo; solo fija el llamado público y el plazo para que terceros actúen.
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Este artículo explica una publicacion del Diario Oficial La Gaceta. La referencia juridica y documental primaria sigue siendo la Imprenta Nacional.
Documento oficial
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