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La GacetaRegulacion02 de noviembre de 2026Explicación ciudadana

Solicitud de inscripción como marca de servicios (clase 44) presentada por Inversiones Doctor Jimmy S.A.

El edicto informa la presentación de la solicitud y abre el plazo para que terceros interesados defiendan sus derechos; no dice que la marca esté registrada ni que la solicitud haya sido aceptada definitivamente.

La solicitud reclama protección, tal como aparece en el expediente, para servicios en la clase 44 descritos en el edicto como: “Servicios veterinarios; tratamientos de higiene y de belleza para animales.” El edicto incluye una reserva sobre el alcance de la protección: se indica que, conforme al reglamento citado, “el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud” y que “cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio.” Esto significa que la protección solicitada se limita al signo completo en la forma presentada y no se extendería a elementos del signo que sean de uso común o necesarios en el comercio, según la cita textual del edicto.

Pueden verse afectados terceros que consideren que la solicitud vulnera sus derechos sobre marcas u otros signos. Esos terceros tienen un plazo de dos meses para presentar oposiciones o acciones para hacer valer sus derechos, contado desde la primera publicación de este edicto en La Gaceta. El edicto instruye citar a terceros interesados para que concurran dentro de ese plazo; no proporciona detalles de procedimiento para presentar oposición en este texto, solo fija el plazo para alegar derechos.

La fecha consignada en el documento es 22 de octubre de 2026; la solicitud fue presentada el 21 de octubre de 2026. El domicilio indicado para la solicitante es en Heredia, Heredia, con la referencia física “de la Cruz Roja, cien metros al sur y veinticinco metros al este, Costa Rica.” El edicto está firmado por la Registradora Isela Chango Trejos y se publica en La Gaceta para efectos de notificación.

El edicto establece expresamente que la protección solicitada se regirá por la regla citada (protección del signo tal como aparece en la solicitud) y por la limitación sobre elementos de uso común o necesarios en el comercio cuando aplique. El documento no afirma concesión de la marca ni detalla otros requisitos, trámites posteriores ni la resolución final del Registro; por tanto, la solicitud continúa su trámite público sujeto a las oposiciones y a las decisiones administrativas que correspondan.

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Publicacion02 de noviembre de 2026
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