Modificación de la cláusula sexta (administración) de la sociedad Tres‑Ciento Uno‑Novecientos Cuarenta y Tres Mil Seiscientos Veintiséis S.A.
El acto fue firmado ante notario por Lic. Carlos Andrés Abarca Umaña y el aviso aparece con el número IN202601136245 en la publicación indicada.
comunica que se realizó una modificación formal de la cláusula sexta del pacto constitutivo de la sociedad, relativa a la administración. Por lo tanto, a partir solo de esta evidencia no es posible saber qué cambió en la práctica: si se nombraron o removieron administradores, si se cambiaron las formas de administración (por ejemplo, administración por junta o por apoderado), o si se alteraron poderes o restricciones.
En términos prácticos, los cambios que pudiera contener la cláusula sexta inciden en quién o cómo se administra la sociedad, pero la evidencia no permite precisar cuáles son esas personas, poderes o límites nuevos.
La publicación indica la referencia IN202601136245 y la fuente oficial (La Gaceta, Imprenta Nacional).
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Este artículo explica una publicacion del Diario Oficial La Gaceta. La referencia juridica y documental primaria sigue siendo la Imprenta Nacional.
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