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La GacetaRegulacion02 de noviembre de 2026Explicación ciudadana

Solicitud de registro de la marca VOQCORE para productos farmacéuticos (clase 5)

Se publicó una solicitud de inscripción en el Registro de Marcas para registrar el signo VOQCORE como marca de fábrica y comercio en la clase internacional 5.

El domicilio indicado en la solicitud está en San José, Mata Redonda, Sabana Norte, avenida las Américas, calle sesenta, Edificio Torre la Sabana, tercer piso, Oficina Colbs Estudio Legal, Costa Rica. La registradora que firma el edicto es Kimberly Arick Alvarado.

Se pide proteger VOQCORE como marca en la clase 5. En la propia solicitud se describe, dentro de la clase 5, el alcance de protección solicitado como: "productos farmacéuticos para el tratamiento de la enfermedad por reflujo gastroesofágico y del reflujo gastrointestinal." Esa es la descripción precisa de los productos para los cuales se solicita la marca.

La solicitud incluye una reserva sobre la representación visual del signo: "el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud" (reserva conforme al artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978). Además, el edicto recuerda la aplicación del artículo 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos, que indica que cuando la marca consista en una etiqueta o en un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos que sean de uso común o necesarios en el comercio. En la práctica, esto significa que, si la marca se concede, no se obtendría exclusividad sobre elementos que resulten de uso común o necesarios para el comercio y que aparezcan dentro del signo; la publicación no determina cuáles elementos concretos quedarían fuera de protección, solo indica esa limitación legal.

La solicitud aparece con fecha 21 de octubre de 2026 y la fecha de presentación indicada es 13 de octubre de 2026. El edicto cita a terceros interesados a presentar sus reclamos "dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto." Eso establece el plazo procesal para oponerse al registro, contado desde la primera publicación del edicto.

Los terceros que consideren que la inscripción de VOQCORE afectaría sus derechos pueden presentar sus argumentos o acciones ante el Registro dentro del plazo de dos meses indicados. El edicto no detalla el procedimiento concreto para presentar una oposición ni las consecuencias posibles; solo fija el plazo y la invitación a defender derechos ante el Registro.

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Publicacion02 de noviembre de 2026
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