Solicitud de inscripción de marca de fábrica y comercio (Clase 24) presentada por Yiwu Mi Casita Import and Export CO., LTD
Se trata de una solicitud para inscribir una marca de fábrica y comercio en la clase internacional 24, presentada ante el Registro de Marcas. La solicitud pide que el signo (tal como aparece en la solicitud) quede protegido para identificar una lista concreta de productos textiles y afines. La solicitud fue presentada el 14 de octubre de 2026 y fecha la solicitud el 15 de octubre de 2026.
La solicitante es Yiwu Mi Casita Import and Export CO., LTD (empresa con domicilio en Yiwu City, Zhejiang, China). La solicitud fue presentada por Jessica Enue Ward Campos, quien figura como Apoderado Especial de la empresa. Esto significa que la petición ante el Registro fue formalizada por esa apoderada a nombre de la empresa extranjera.
La protección solicitada se limita a los productos listados en la clase 24. Esos productos son: sacos de dormir; manteles individuales de tejido; fundas textiles para muebles; servilletas de mesa de textil; ropa de baño (excepto prendas de vestir); mosquiteras; tejidos; tapices decorativos de pared de textil; ropa de hogar; ropa de cama; tejidos para tapicería; tela; tejidos no tejidos; mantas de yoga; mantas de picnic; cortinas para puertas; mantas para mascotas; cortinas de textil o plástico; fundas de plástico para muebles; y colchas. La lista es la que aparece literalmente en la solicitud y la protección pedida se refiere únicamente a esos bienes.
La solicitud incluye una reserva de color: Negro. Además, la publicación indica que “el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud”, conforme al artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978. También se menciona que, de acuerdo con el artículo 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos, cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por varios elementos, la protección no se extenderá a los elementos de uso común o necesarios en el comercio. Es decir, la protección reclamada se limita a la forma concreta del signo presentado y no alcanza elementos que sean de uso común en el comercio, según lo señalado en la solicitud.
El edicto cita a terceros interesados para que defiendan sus derechos ante el Registro. Ese plazo es de dos meses contados a partir de la primera publicación de este edicto. La publicación que sirve para abrir ese plazo es la de este aviso en La Gaceta; la fecha de la publicación oficial del aviso no está expresamente indicada dentro del texto reproducido aquí, salvo las fechas de presentación y de solicitud (14 y 15 de octubre de 2026). En la práctica, quienes consideren que la marca afecta sus derechos deben presentar oposición ante el Registro dentro de esos dos meses desde la primera publicación del edicto.
En la práctica, por ahora lo que existe es una solicitud pública de registro de marca con la lista de productos y la reserva de color indicada. El texto incluye la advertencia prevista por la ley sobre elementos de uso común que no recibirán protección, lo que limita la amplitud del derecho que se busca. No se puede concluir, a partir de este aviso, que la marca ya esté registrada ni que la protección cubra usos o productos distintos a los listados en la solicitud.
¿Te resultó útil esta explicación?
Las reacciones muestran opinión de la comunidad; no cambian el contenido ni validan el documento oficial.
Inicia sesión para reaccionar.
Enviar una sugerencia sobre esta publicación
Este artículo explica una publicacion del Diario Oficial La Gaceta. La referencia juridica y documental primaria sigue siendo la Imprenta Nacional.
Documento oficial
La informacion fue detectada en el sitio oficial de Imprenta Nacional. Para lectura completa, consulte el documento original.
Comentarios (0)
Los comentarios son opiniones de sus autores. No forman parte de la explicación editorial ni sustituyen la fuente oficial.
Inicie sesión para comentar, responder o reportar.
Todavía no hay comentarios visibles. Puede iniciar la conversación.