Solicitud de registro de la marca EWXON (clase 9) presentada por Llikom Enterprises, S. A.
La Gaceta publicó un edicto que registra la solicitud Nº 2026-0013098 para inscribir la marca EWXON como marca de fábrica y comercio en la clase 9 del registro de marcas. El edicto informa la petición y pone la solicitud en conocimiento público; no es una resolución que conceda o niegue el registro definitivo.
La solicitante indicada es Llikom Enterprises, S. A., representada por María Del Milagro Chaves Desanti en calidad de Apoderado Especial. Se declara domicilio en calle 3A, avenida 2A, edificio 62, local N°1-B del área comercial de France Field, Zona Libre de Colón, Panamá. La solicitud aparece con fecha 19 de octubre de 2026 y se indica que fue presentada el 15 de octubre de 2026. El registrador que figura en el edicto es Katherine Jiménez Tenorio y la referencia interna consignada es IN202601135785. La publicación está disponible en La Gaceta según el enlace oficial de la Imprenta Nacional proporcionado en el edicto.
La inscripción solicita protección de la marca EWXON en la clase 9 “para proteger y distinguir” una lista concreta de productos relacionados con energía y electricidad: baterías eléctricas; cargadores de baterías; adaptadores de corriente; adaptadores de conexión eléctrica; baterías eléctricas recargables; baterías recargables; bancos de energía; baterías secas; baterías de alta tensión; interruptores eléctricos; interruptores eléctricos para baterías; convertidores de electricidad; y controladores de energía eléctrica. El edicto incluye una reserva que indica que “el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud.” Esto quiere decir que la protección solicitada se refiere específicamente a la forma en que el signo fue presentado en la solicitud.
El edicto cita textualmente que “Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.” Esto abre un plazo para que terceros presenten oposiciones o acciones que correspondan. El propio edicto muestra fechas que pueden crear ambigüedad sobre el inicio exacto del plazo: el texto incluye la fecha "19 de octubre de 2026" junto con la indicación de presentación el 15 de octubre de 2026, y la publicación oficial vinculada en la Imprenta Nacional aparece con fecha 02/11/2026. Dado que el edicto determina que el plazo de dos meses corre desde la “primera publicación”, no puede saberse con certeza en qué día empezó ese plazo sin confirmar cuál fue la primera publicación efectiva; la evidencia que tenemos contiene ambas referencias. Por tanto, las dos afirmaciones disponibles son (a) que el plazo de oposición dura dos meses desde la primera publicación y (b) que la primera publicación concreta no puede determinarse con certeza a partir del texto aquí reproducido.
El edicto reproduce la disposición que establece una limitación de alcance: “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio.” El edicto no identifica aquí cuáles elementos concretos, si los hubiera, quedarían fuera de protección; por tanto, no puede afirmarse a partir de esta publicación qué partes del signo (si las hay) quedarían sin protección.
El edicto cumple la función formal de notificar la solicitud y abrir el plazo para que terceros ejerzan sus derechos ante el Registro.
¿Te resultó útil esta explicación?
Las reacciones muestran opinión de la comunidad; no cambian el contenido ni validan el documento oficial.
Inicia sesión para reaccionar.
Enviar una sugerencia sobre esta publicación
Este artículo explica una publicacion del Diario Oficial La Gaceta. La referencia juridica y documental primaria sigue siendo la Imprenta Nacional.
Documento oficial
La informacion fue detectada en el sitio oficial de Imprenta Nacional. Para lectura completa, consulte el documento original.
Comentarios (0)
Los comentarios son opiniones de sus autores. No forman parte de la explicación editorial ni sustituyen la fuente oficial.
Inicie sesión para comentar, responder o reportar.
Todavía no hay comentarios visibles. Puede iniciar la conversación.