Solicitud de registro de marca de servicios para actividades de comida y bebida (Clase 43)
Se presenta ante el Registro de Marcas una solicitud para inscribir como Marca de Servicios el signo solicitado por Pedro Eduardo Diaz Cordero, quien actúa como apoderado especial de Pablo Matias Maffrand. El solicitante declara domicilio en Tamarindo, provincia de Guanacaste. La solicitud pretende proteger servicios en la clase internacional 43, que la propia solicitud describe como: servicios de restauración (alimentación); servicios de cafeterías; servicios de cafés-restaurantes de comidas rápidas; provisión y suministro de alimentos y bebidas; suministro y preparación de alimentos y bebidas; y servicios de comidas y bebidas para llevar.
no se reclama derecho exclusivo ni apropiación particular sobre las palabras “Coffee House”. Además la solicitud se protegerá tal y como aparece en la presentación, conforme al artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos (según indica el texto). También se indica que la protección no se extenderá a los elementos de una etiqueta que sean de uso común o necesarios en el comercio, conforme al artículo 28 mencionado en la solicitud.
la firma o fecha del solicitante aparece como 23 de octubre de 2026; la presentación ante el Registro figura como realizada el 15 de octubre de 2026. El edicto cita que terceros interesados pueden defender sus derechos ante el Registro dentro de los dos meses siguientes contados a partir de la primera publicación de este aviso en La Gaceta. Para efectos de publicación se remite a lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978, según consta en el texto.
En la práctica, esto significa que, mientras la solicitud siga su trámite y una vez publicada en La Gaceta, cualquier persona o entidad que considere que la marca solicitada afecta sus derechos tiene un plazo de dos meses desde la primera publicación para presentar oposición ante el Registro. La solicitud quedará protegida en la forma gráfica presentada en el expediente, pero no confiere exclusividad sobre las palabras “Coffee House” ni sobre elementos que el propio documento identifica como de uso común o necesarios en el comercio.
La fuente oficial de esta información es el aviso publicado en La Gaceta (Imprenta Nacional), según el documento citado en el edicto y firmado por Kimberly Arick Alvarado, Registrador(a).
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Este artículo explica una publicacion del Diario Oficial La Gaceta. La referencia juridica y documental primaria sigue siendo la Imprenta Nacional.
Documento oficial
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