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La GacetaRegulacion02 de noviembre de 2026Explicación ciudadana

Solicitud de inscripción del nombre comercial “PROSEGUR CHANGE” para servicios de casa de cambio

La Gaceta publica la Solicitud Nº 2026-0013108, presentada por María Laura Valverde Cordero en calidad de Apoderado Especial de Prosegur Compañía de Seguridad, S.A., con domicilio en C/ de Herberto Gut, 12 28007 Madrid, España. La solicitud pide la inscripción del nombre comercial “PROSEGUR CHANGE” en la clase 49 para identificar un establecimiento comercial dedicado a la prestación de servicios cambiarios. Lo publicado es la solicitud; el texto notifica su existencia y las condiciones procesales que se consignan en el edicto.

La solicitud describe en la clase 49 que “PROSEGUR CHANGE” distinguiría un establecimiento que presta servicios cambiarios, incluyendo: compra y venta de divisas nacionales y extranjeras; operaciones de cambio de moneda; envío y recepción de remesas; transferencias de fondos; servicios de pago y recaudación; asesoría en materia cambiaria; y actividades conexas y complementarias relacionadas con el giro de una casa de cambio. El edicto indica que el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud.

La dirección asociada en la solicitud es “Ubicado del Liceo Mario Quirós Sasso, 300 metros oeste y 25 sur San Diego, Tres Ríos, Cartago, Costa Rica.”

En la solicitud constan las fechas: presentada el 15 de octubre de 2026 y fechada el 20 de octubre de 2026. El edicto se publica en La Gaceta (enlace oficial indicado en la evidencia). El texto dispone que terceros interesados podrán hacer valer sus derechos ante este Registro dentro de los dos meses siguientes contados a partir de la primera publicación de este edicto; es decir, el edicto abre un plazo de interposición de oposiciones de dos meses desde la primera publicación del aviso.

El aviso incluye una reserva expresando que “de conformidad con el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978 el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud.” Además incorpora la precisión del artículo 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos: “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.

El documento es una publicación de la solicitud en el Registro (edito para notificación). El edicto cita a terceros interesados para que defiendan sus derechos durante el plazo de dos meses desde la primera publicación; no autoriza concluir que la marca ya fue inscrita ni que haya cambios de derechos vigentes más allá de lo que explícitamente dice el aviso.

El edicto aparece firmado por Jamie Phillips Guardado en calidad de Registrador(a) y contiene el código interno (IN202601135764) que figura en la publicación.

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Respaldo oficial

Este artículo explica una publicacion del Diario Oficial La Gaceta. La referencia juridica y documental primaria sigue siendo la Imprenta Nacional.

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Publicacion02 de noviembre de 2026
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