Solicitud de inscripción de nombre comercial para actividad agropecuaria de Rialto Sociedad Anónima
es la publicación en La Gaceta de una solicitud (no una inscripción ya aprobada) para inscribir un nombre comercial. La solicitud fue presentada el 13 de octubre de 2026 y tiene fecha del 15 de octubre de 2026; se ha publicado en el diario oficial según el edicto que muestra esta evidencia.
la solicitud pide proteger el signo tal y como aparece en la presentación. El edicto indica "de conformidad con el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978 el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud". También se señala que esta solicitud se rige por el artículo 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos, que contiene la regla siguiente: “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.
la solicitud describe el establecimiento comercial que se pretende proteger: un negocio dedicado a actividad agropecuaria que incluye la cría y comercialización de ganado, la producción y comercialización de leche y productos lácteos, productos agrícolas, forraje y silopacas. El establecimiento se ubica en Cartago, cantón Oreamuno, a 2km al oeste de la iglesia de Cot, camino a Santa Rosa.
el edicto cita a terceros interesados para que, si consideran que tienen derechos que pudieran verse afectados, los hagan valer ante el Registro. El plazo para presentar oposición o hacer valer derechos es de dos meses contados a partir de la primera publicación de este edicto. La publicación se efectuó en La Gaceta según la evidencia provista (documento en la Imprenta Nacional).
la protección solicitada se limitará a lo que efectivamente aparece en la solicitud (según el artículo 18 citado). Además, por aplicación del artículo 28 mencionado, si el signo incluye elementos que sean de uso común o necesarios en el comercio, esos elementos no quedarían protegidos por la inscripción; el edicto reproduce textualmente esa regla.
el documento es una solicitud publicada para conocimiento público; no comunica que ya exista una inscripción definitiva ni detalla si hubo o habrá examen registral ni resoluciones posteriores.
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Este artículo explica una publicacion del Diario Oficial La Gaceta. La referencia juridica y documental primaria sigue siendo la Imprenta Nacional.
Documento oficial
La informacion fue detectada en el sitio oficial de Imprenta Nacional. Para lectura completa, consulte el documento original.
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