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La GacetaRegulacion02 de noviembre de 2026Explicación ciudadana

Publicación de solicitud de inscripción de marca para servicios (Solicitud Nº 2026-0012662)

La Imprenta Nacional (La Gaceta) publicó la solicitud Nº 2026-0012662 presentada por Álvaro Fabián Arias Dormond para inscribir un signo como Marca de Comercio y Servicios en las clases internacionales 35 y 36. Esta publicación es un edicto que pone en conocimiento público la solicitud; no es una resolución que otorgue el registro ni prueba de que la marca ya esté inscrita.

En la clase 36 pide proteger servicios financieros: asesoría financiera; consultoría en gestión financiera y estratégica; servicios de outsourcing financiero, contable y de tesorería; asesoría en estructuración de financiamientos complejos; asesoría en gestión de capital; planificación financiera; análisis financiero; estructuración de operaciones financieras; y consultoría en administración de activos y pasivos.

La solicitud fue presentada el 06 de octubre de 2026 y la fecha que figura en el documento es 13 de octubre de 2026. El edicto indica que terceros interesados tienen un plazo de dos meses, contado a partir de la primera publicación de este edicto en La Gaceta, para presentar ante el Registro las acciones o defensas que estimen pertinentes en defensa de sus derechos.

La solicitud incluye la reserva, conforme al artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos Nº 7978, de que “el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud”. Además reproduce una advertencia relacionada con el artículo 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos, que señala que cuando una marca consiste en una etiqueta o en un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesarios en el comercio. En la copia publicada hay una palabra pegada (“necesarioenelcomercio”), lo que muestra un error de transcripción en el texto reproducido; esa anomalía no permite deducir más allá del contenido literal presentado.

En la práctica, este edicto informa a terceros de la existencia de la solicitud y abre el plazo de dos meses para que quienes consideren afectados sus derechos presenten oposiciones ante el Registro. El edicto no declara ni garantiza la concesión del registro, ni crea por sí mismo un derecho exclusivo inscrito; cualquier efecto posterior (admisión o denegatoria del registro, recursos, medidas de protección) depende de actos administrativos posteriores que no están descritos en la evidencia.

El edicto está firmado por la Registradora Isela Chango Trejos y lleva el número interno (IN202601133169).

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Respaldo oficial

Este artículo explica una publicacion del Diario Oficial La Gaceta. La referencia juridica y documental primaria sigue siendo la Imprenta Nacional.

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TipoDocumento oficial
Publicacion02 de noviembre de 2026
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Documento oficial

La informacion fue detectada en el sitio oficial de Imprenta Nacional. Para lectura completa, consulte el documento original.

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