La Junta Directiva del Banco Hipotecario de la Vivienda agrega el puesto “Asesor Legal de la Junta Directiva” al régimen de dedicación exclusiva
La Junta Directiva del Banco Hipotecario de la Vivienda, en la sesión 48-2026 del 19 de octubre de 2026, aprobó por acuerdo unánime reformar el inciso c) del artículo 2 del Reglamento para el pago del Beneficio de Dedicación Exclusiva. Con esa reforma, el puesto “Asesor Legal de la Junta Directiva” pasa a integrarse en la lista de cargos que pueden acogerse al régimen de dedicación exclusiva del banco.
La decisión señala que el puesto de Asesor Legal de la Junta Directiva fue creado previamente por el acuerdo N.º 7 de la sesión 40-2026, del 27 de agosto de 2026. El texto registra razones administrativas y de gobernanza que motivaron la propuesta (independencia de criterio, acceso a información protegida, refuerzo del gobierno corporativo y coherencia con la naturaleza estratégica del puesto), pero esas consideraciones explican por qué se propone el cambio; la medida concreta aprobada es la modificación del listado de cargos elegibles para dedicación exclusiva.
En la práctica, esto significa que quien ocupe el cargo de Asesor Legal de la Junta Directiva podrá, si cumple los demás requisitos del Reglamento para el pago del Beneficio de Dedicación Exclusiva, acceder a ese beneficio. El acuerdo menciona expresamente que la dedicación exclusiva se entendería desde el inicio de la relación con el puesto “una vez suscrito el respectivo contrato”, lo que indica que la vigencia del beneficio está condicionada a la existencia del contrato que formaliza el nombramiento.
La Junta Directiva también autorizó a la Administración del banco para realizar las gestiones administrativas, presupuestarias y de recursos humanos necesarias para implementar la reforma.
El acuerdo fue publicado en el diario oficial La Gaceta.
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