Apertura de procedimiento disciplinario de ética contra el CPA Gustavo Uribe Enríquez (publicación de primera vez)
El Tribunal de Honor del Colegio de Contadores Públicos de Costa Rica abrió formalmente un procedimiento disciplinario de ética contra el Lic. Gustavo Uribe Enríquez, CPA 6078. La apertura consta en un Auto de Apertura fechado a las 8:35 del 27 de marzo de 2026 y se publica ahora en La Gaceta porque no fue posible notificar personalmente al investigado en la dirección que el Colegio tenía registrada.
El expediente se inició a partir del informe FIS-OF-005-2025, de fecha 29 de agosto de 2025, que contiene hechos y cargos en grado de presunción. Según ese informe, la Fiscalía del Colegio solicitó inicialmente al investigado copia del libro de servicios profesionales o, en su defecto, un listado de los trabajos entre el 01/01/2023 y el 30/04/2025; el investigado envió el listado. Posteriormente, mediante oficio CCP-FIS-099-2025 del 10/07/2025, la Fiscalía requirió los papeles de trabajo y la documentación de respaldo de diez certificaciones de ingresos (la publicación reproduce las diez certificaciones solicitadas con nombres, fechas y destinatarios). El Auto recoge que, aunque se remitió alguna documentación, faltaron los papeles de trabajo completos y otros respaldos que, según la Fiscalía, deberían acompañar esas certificaciones conforme a la Circular 02-2022 (“Requisitos Mínimos para emitir un Informe de Ingresos”).
El informe señala ausencias concretas en la documentación presentada respecto de las diez certificaciones: no se encontraron cartas de compromiso que delimiten alcance y condiciones; en algunos casos no quedó claro la naturaleza del encargo ni el tipo de certificación; no se aportaron cartas de representación firmadas por los clientes; y faltaron facturas o comprobantes de cobro de honorarios. Además, la Fiscalía indica que no se presentó la Declaratoria Anual de Cumplimiento de Control de Calidad correspondiente al período 2024-2025, a pesar de haberla solicitado.
El Auto indica que, de comprobarse los hechos en la resolución final, el CPA investigado podría haber incumplido normas éticas y requisitos de calidad aplicables a contadores públicos autorizados y que podría corresponderle responsabilidad disciplinaria calificada como falta leve, grave o muy grave. El Auto no impone sanción; solo abre el procedimiento y remite la calificación definitiva y la posible sanción a la resolución final del Tribunal de Honor.
El investigado puede consultar y fotocopiar el expediente en el Departamento Legal del Colegio (Moravia, Barrio Los Colegios, 800 metros oeste de Romanas Ballar, contiguo al Colegio de Farmacéuticos), previa cancelación del costo de las copias; horario 8:00 a 17:00; coordinación al correo legal@ccpa.or.cr. Dentro del tercer día hábil después de recibir la notificación, debe señalar el medio para atender futuras notificaciones (correo electrónico, fax o escrito físico). Puede presentar descargos por escrito y también podrá defenderse en una audiencia oral y privada cuya fecha se notificará oportunamente.
Contra el Auto de Apertura procede la interposición de revocatoria ante el Órgano Director y apelación ante la Junta Directiva, dentro de las veinticuatro horas siguientes a la notificación, según lo indica el propio Auto. La publicación en La Gaceta constituye la forma de notificación cuando no fue posible localizar al investigado en la dirección registrada.
La publicación reproduce el Auto de Apertura y la lista de documentos que integran el expediente (oficios, correos y consultas). El Auto presenta imputaciones en grado de presunción basadas en el informe de Fiscalía; no contiene una resolución final ni determina culpabilidad ni sanción. La fuente oficial de esta información es La Gaceta, según consta en el documento publicado por el Colegio de Contadores Públicos de Costa Rica.
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Este artículo explica una publicacion del Diario Oficial La Gaceta. La referencia juridica y documental primaria sigue siendo la Imprenta Nacional.
Documento oficial
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