Solicitud de registro de la marca FUMAGUM para gomas de mascar de nicotina (clase 5)
La Gaceta publica la solicitud de registro de la marca FUMAGUM presentada por Paola Castro Montealegre, quien actúa como apoderado especial de la empresa Laboratorio Siegfried S. A., con domicilio en la Zona Libre de Colón, Ciudad de Panamá, República de Panamá. La solicitud pide inscribir FUMAGUM como marca de fábrica y comercio en la clase internacional 5 para identificar los siguientes productos: gomas de mascar de nicotina para dejar de fumar; medicamentos; y preparaciones de nicotina para su uso como ayuda para dejar de fumar.
La solicitud fue presentada el 19 de octubre de 2026 y la fecha consignada en el documento es el 22 de octubre de 2026. El Registrador o la Registradora que firma el edicto es Grettel Solís Fernández y el aviso incluye el número interno IN202601135444. La publicación en La Gaceta sirve para citar a terceros interesados: quienes consideren que la inscripción afectaría sus derechos tienen un plazo de dos meses desde la primera publicación de este edicto para hacer valer esos derechos ante el Registro.
primero, “De conformidad con el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978 el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud”, es decir, la protección cubre la marca tal como está representada en la petición. Segundo, señala que este trámite se rige por el artículo 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos, cuyo texto incluido indica que cuando la marca consista en una etiqueta u otro signo compuesto por varios elementos, la protección no se extenderá a los elementos que sean de uso común o necesarios en el comercio. Esos dos párrafos establecen límites a qué partes del signo estarán protegidas si la inscripción se concede.
En la práctica, esto significa que la solicitud busca que FUMAGUM sea la marca registrada para los productos señalados y que terceros pueden oponerse dentro del plazo de dos meses contados desde la primera publicación. Si se concede el registro, la protección será la que resulte de la representación de la marca presentada y no abarcará elementos del signo que sean de uso común o necesarios en el comercio, según lo indicado por el artículo citado.
¿Te resultó útil esta explicación?
Las reacciones muestran opinión de la comunidad; no cambian el contenido ni validan el documento oficial.
Inicia sesión para reaccionar.
Enviar una sugerencia sobre esta publicación
Este artículo explica una publicacion del Diario Oficial La Gaceta. La referencia juridica y documental primaria sigue siendo la Imprenta Nacional.
Documento oficial
La informacion fue detectada en el sitio oficial de Imprenta Nacional. Para lectura completa, consulte el documento original.
Comentarios (0)
Los comentarios son opiniones de sus autores. No forman parte de la explicación editorial ni sustituyen la fuente oficial.
Inicie sesión para comentar, responder o reportar.
Todavía no hay comentarios visibles. Puede iniciar la conversación.