La Gaceta
La GacetaPresupuesto publico30 de octubre de 2026Explicación ciudadana

Reforma al Código Electoral del Colegio de Profesionales en Nutrición: qué decide y cómo funciona

Asunto y decisión central. La Asamblea General del Colegio de Profesionales en Nutrición aprobó y publicó una reforma integral de su Código Electoral. El texto aprobado regula en detalle cómo se postula, se hace campaña, se vota, se escruta y se declara a las personas electas para la Junta Directiva, la Fiscalía, el Tribunal de Honor y el Tribunal Electoral. La publicación en La Gaceta constituye la entrada en vigencia del Código.

A quién afecta y qué cambia en la práctica. Afecta a todas las personas colegiadas activas del Colegio de Profesionales en Nutrición: quienes pueden votar, postularse, organizar o fiscalizar elecciones y quienes integran los órganos colegiados. En la práctica, fija requisitos concretos para postular, plazos distintos según el cargo, reglas estrictas sobre propaganda, el uso y alternancia del voto electrónico y presencial, la forma de escrutinio, la manera de resolver empates y la custodia de pruebas electorales.

Principales reglas y condiciones sobre postulaciones y candidaturas. Para ser candidato se debe presentar un formulario con datos personales mínimos (nombre con dos apellidos, número de cédula, edad, fotografía, año de incorporación, currículum resumido, lugar de trabajo y residencia), una propuesta de trabajo y una declaración jurada sobre no tener parentesco hasta tercer grado con miembros electos de otros órganos. También se exige certificación de antecedentes penales vigente. Para Junta Directiva y Fiscalía el período de postulaciones abre el primer día hábil de septiembre a las 00:00 y cierra el 16 de septiembre a las 23:59; el Tribunal puede ampliar por mayoría absoluta cinco días naturales si no hay postulantes. Para Tribunal de Honor y Tribunal Electoral el plazo es del 1 al 15 de octubre a las 23:59, con la misma posibilidad de ampliar cinco días por mayoría absoluta. El Tribunal Electoral verifica que el postulante esté al día con sus obligaciones y que no tenga sanciones del Colegio en los últimos 10 años; las postulaciones del Tribunal de Honor las revisa el Tribunal Electoral y las del Tribunal Electoral las revisa el Tribunal de Honor para evitar conflictos de interés.

Reglas sobre propaganda y límites. Toda propaganda debe presentarse previamente al Tribunal Electoral para su aprobación; la propaganda no consultada no podrá hacerse pública. Solo pueden hacer propaganda las candidaturas debidamente inscritas. La propaganda debe ser respetuosa y veraz; está prohibido el patrocinio por personas físicas o jurídicas y el Colegio no puede patrocinar a ningún postulante ni realizar ni patrocinar actividades públicas dirigidas a agremiados dentro del mes anterior a las elecciones (salvo actividades formativas calendarizadas o en ejecución). La propaganda termina el día anterior a las elecciones, salvo en medios de comunicación colectiva y redes sociales, que deben suspenderse dos días naturales antes. Cada candidatura puede registrar uno o dos colores oficiales (no iguales a otros ni a los colores de la bandera nacional) y no se pueden usar escudo, logo o colores del Colegio.

Modalidades de votación y garantías prácticas. El Tribunal y la Junta Directiva coordinan si la votación será física o electrónica; no se pueden usar ambos medios simultáneamente. Si se vota electrónicamente, el Tribunal debe habilitar un mecanismo presencial alterno con papeletas selladas y firmadas por al menos tres integrantes del Tribunal para usarlo de inmediato en caso de fuerza mayor. En votación digital presencial, el voto virtual será el único medio válido; el sistema estará habilitado de 08:00 a 15:00 el día de la Asamblea y luego se cierra formalmente. El Tribunal debe remitir credenciales personales e intransferibles y puede emitir informes de participación sin divulgar resultados parciales. Si la votación es con papeletas, estas se doblan y depositan en urna; el Tribunal prepara papeletas de distintos colores para respaldo ante contingencias. El voto es secreto y personal; en caso de impedimento físico, la persona podrá votar públicamente ante quien designe el Tribunal.

Escrutinio, resultados y desempates. El escrutinio lo realiza el Tribunal Electoral; en voto físico se hace puesto por puesto y en sesión privada del Tribunal que no puede ser interrumpida por terceros. El Tribunal anuncia el resultado oficial ante la Asamblea indicando votos totales, nulos, en blanco y abstenciones. Gana la persona que obtenga mayoría simple de votos válidos; si nadie la obtiene, hay segunda ronda entre los dos más votados; si persiste empate se repite votación y, si aún así no hay diferencia, queda electo el de mayor edad. Si hay apelaciones sobre el resultado, el Tribunal puede repetir el conteo o rectificar errores.

Plazos, juramentación y publicación. Los integrantes elegidos ejercen por dos años. La elección del Tribunal Electoral se hace cada dos años; la Junta Directiva y Fiscalías se renuevan parcialmente cada año según el esquema establecido. La Asamblea exige presencia física del postulado para aceptar cargo y juramentación (no se permiten autorizaciones ni mandatos). Las personas electas son juramentadas por el Tribunal Electoral (salvo el Tribunal Electoral, que lo juramenta la Presidencia de la Junta Directiva). La nueva conformación deberá publicarse en La Gaceta o un diario de circulación nacional y en el sitio web oficial del Colegio.

Sustituciones, reelección y límites temporales. Si hay vacantes por renuncia, incapacidad, muerte o separación, la sustitución se hace en Asamblea Ordinaria o Extraordinaria y quien sustituya completa el período restante; ese tiempo cuenta como período a efectos de reelección. Miembros de Junta Directiva y Fiscalías pueden reelectos por hasta dos períodos consecutivos; después de dos períodos seguidos deben pasar al menos dos años sin ocupar cargos de elección para volver a optar. Los miembros del Tribunal Electoral deben ser miembros activos con al menos dos años de antigüedad, no haber ocupado cargos en el Colegio en los 2 años previos y no poder ocupar cargos en los 2 años posteriores; el Tribunal consta de cinco miembros, quórum de tres, acuerdos por mayoría absoluta.

Recursos, custodia y vigencia. Contra acuerdos del Tribunal Electoral cabe únicamente recurso de revocatoria ante el mismo Tribunal por razones de legalidad, en plazo de 48 horas desde la notificación formal (los recursos previos a elecciones deben presentarse con no menos de 24 horas antes de la apertura de votaciones). Las resoluciones presentadas el mismo día de las elecciones serán resueltas sumariamente por el Tribunal. Todo material probatorio físico o digital se custodia a cargo de la Presidencia del Tribunal durante un año posterior a la elección y luego se archiva en el Colegio. El Tribunal procurará representación de ambos géneros en los órganos, según criterio de proporcionalidad de la Asamblea.

Fuente oficial. Esta explicación se basa exclusivamente en el texto publicado por el Colegio de Profesionales en Nutrición en el Diario Oficial La Gaceta (publicación y texto transcrito en La Gaceta), conforme al documento que contiene la reforma al Código Electoral aprobado por la Asamblea General Extraordinaria N°33 del 20 de junio de 2026.

¿Te resultó útil esta explicación?

Las reacciones muestran opinión de la comunidad; no cambian el contenido ni validan el documento oficial.

Inicia sesión para reaccionar.

Enviar una sugerencia sobre esta publicación

Respaldo oficial

Este artículo explica una publicacion del Diario Oficial La Gaceta. La referencia juridica y documental primaria sigue siendo la Imprenta Nacional.

Abrir vista oficial
TipoDocumento oficial
Publicacion30 de octubre de 2026
DocumentoPDF oficial disponible

Documento oficial

La informacion fue detectada en el sitio oficial de Imprenta Nacional. Para lectura completa, consulte el documento original.

Conversación pública

Comentarios (0)

Los comentarios son opiniones de sus autores. No forman parte de la explicación editorial ni sustituyen la fuente oficial.

Todavía no hay comentarios visibles. Puede iniciar la conversación.