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La GacetaPresupuesto publico29 de octubre de 2026Explicación ciudadana

Convocatoria a Asamblea Extraordinaria para proponer la disolución anticipada de E.S.C.O. Energy Service Company S.A.

La publicación en La Gaceta comunica que Orlando Rodríguez Cordero, en su calidad de fiscal de la sociedad E.S.C.O. La asamblea se celebrará por medios virtuales (Google Meet, enlace indicado) el día 14 de noviembre del 2026, en primera convocatoria a las catorce horas y en segunda convocatoria a las quince horas.

Lo que decide la convocatoria es reunir a los accionistas para analizar y votar una propuesta concreta: la disolución anticipada de la sociedad. El orden del día detalla los pasos que se someterán a la asamblea: verificar la convocatoria y el quórum; si faltan el Presidente y/o el Secretario de la Junta Directiva, designar ad hoc a quienes presidirán y actúen como secretarios de la sesión; presentar y discutir la situación actual de la sociedad y la propuesta de disolución; votar el acuerdo de disolución conforme al artículo 201 inciso d) del Código de Comercio y la cláusula décima tercera de los estatutos sociales.

Si la asamblea aprueba la disolución, la convocatoria contempla dos decisiones prácticas que los accionistas podrán autorizar: 1) prescindir del trámite de nombramiento de liquidador si efectivamente no existen activos ni pasivos, y solicitar al Registro Nacional que conceda a la sociedad el “Estado de Liquidada”; y 2) protocolizar el acuerdo de disolución ante Notario Público, publicarlo cuando corresponda por ley, y presentarlo e inscribirlo en el Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional. Además, la asamblea podrá autorizar la realización de todos los actos complementarios necesarios para llevar a cabo la disolución, la liquidación y la eventual cancelación registral de la sociedad.

la convocatoria se dirige a los accionistas de E.S.C.O. Energy Service Company S.A. Para participar deben acreditar su condición de accionista. Quienes asistan representando a un accionista deben cumplir los requisitos de representación que establecen la escritura social, los estatutos y la legislación aplicable. La convocatoria incluye el enlace de Google Meet para la sesión virtual.

la publicación convoca a deliberar y votar; no constituye por sí misma un acuerdo de disolución. La disolución sólo se producirá si la asamblea la aprueba conforme a las reglas de votación que correspondan (esas reglas no están explicadas en esta publicación). La posibilidad de prescindir del nombramiento de liquidador depende de que, según la convocatoria, “no haber activos ni pasivos” sea efectivamente el caso; esa condición deberá comprobarse o declararse en la asamblea. Cualquier autorización para protocolizar, publicar, inscribir y realizar actos complementarios requiere que la asamblea la otorgue.

La fuente oficial de esta información es la publicación en La Gaceta, Imprenta Nacional (documento referenciado en La Gaceta, E.S.C.O. ENERGY SERVICE COMPANY — SOCIEDAD ANÓNIMA).

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Respaldo oficial

Este artículo explica una publicacion del Diario Oficial La Gaceta. La referencia juridica y documental primaria sigue siendo la Imprenta Nacional.

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Publicacion29 de octubre de 2026
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La informacion fue detectada en el sitio oficial de Imprenta Nacional. Para lectura completa, consulte el documento original.

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