Delegación de la autorización para dar de baja por destrucción de bienes inservibles del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto
La Ministra de Relaciones Exteriores y Culto, Ana Elena Pinto Lizano, mediante la resolución DM-DJ-133-2026, delega a José Ángel Soto Varela, en su calidad de Proveedor Institucional del Ministerio, la facultad para firmar las resoluciones que autorizan la baja por destrucción de bienes declarados inservibles. La resolución fue firmada en San José el 15 de octubre de 2026 a las 16:30 y rige a partir de su publicación en La Gaceta.
La delegación permite que José Ángel Soto Varela autorice la baja por destrucción de bienes inservibles tanto cuando esos bienes estén dentro del territorio nacional como cuando se encuentren en el exterior. La delegación alcanza bienes que están registrados en el sistema informático y bienes que no están registrados, siempre de conformidad con los procedimientos y lineamientos citados del Reglamento para el Registro y Control de Bienes de la Administración Central y demás normativa que la resolución menciona.
La resolución señala límites concretos a esta delegación. La gestión para la desinscripción de bienes muebles que estén inscritos en el Registro Nacional es competencia exclusiva del máximo jerarca de la institución (la Ministra), por lo que no puede delegarse. Asimismo, la baja de bienes inmuebles se plantea como una excepción a la delegación y, por tanto, no puede ser autorizada mediante esta resolución. La delegación debe aplicarse observando los procedimientos y límites legales citados en el texto de la resolución.
La Ministra instruyó comunicar la decisión a la Dirección General de Contabilidad Nacional del Ministerio de Hacienda. El documento incluye referencias normativas que justifican la delegación y describe la unidad institucional responsable del registro y control de bienes, pero no reproduce en detalle los pasos administrativos a seguir; remite a los procedimientos del Reglamento citado. La publicación oficial de la resolución aparece en La Gaceta y el documento original está disponible en la dirección electrónica indicada en la referencia oficial de la evidencia.
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