Publicación de solicitud de registro de marca N° 2026-0009915: petición para inscribir un signo que cubre productos de iluminación, vehículos, camping, utensilios y ropa
Se publicó una solicitud (Solicitud N° 2026-0009915) para inscribir un signo como marca de fábrica a nombre de Corporación Garaje Sacaray S. A., presentada por Ricardo Alberto Rodríguez Valderrama en calidad de Apoderado Especial, con domicilio declarado en Panamá. La solicitud fue presentada el 11 de agosto de 2026 y la publicación reproduce la fecha 20 de octubre de 2026. La copia publicada aparece en el expediente identificado (IN202601134821) y la registradora que firma la publicación es Milena Marín Jiménez.
El solicitante pide protección del signo en seis clases internacionales (11; 12; 20; 21; 22; 25). La publicación lista, literalmente, los productos y bienes para cada clase. En la práctica, la protección solicitada se limita a los productos tal como se enumeran en la publicación y dentro de las clases indicadas. Las listas reproducidas en la publicación son las siguientes:
Aparatos e instalaciones de iluminación; luces recargables; luces de 12 voltios; linternas frontales; aparatos de ducha; aparatos e instalaciones sanitarias; aparatos de suministro de agua; refrigeradores portátiles eléctricos; hieleras eléctricas; aparatos de barbacoa; asadores con fuente de calor integrada; asadores de gas; aparatos y equipos de cocción.
Vehículos; aparatos de locomoción terrestre, aérea o acuática; portaequipaje para techos de vehículos; redes portaequipajes para vehículos; organizadores para portaequipajes; accesorios y partes para vehículos; capotas y cubiertas adaptadas para vehículos; capotas y cubiertas adaptadas para cajas de camionetas; portaequipajes para vehículos; portaequipajes de techo para vehículos; racks adaptados para cajas de camionetas; sistemas de cajones adaptados para vehículos; correderas y soportes para refrigeradores adaptados para vehículos; monturas rápidas adaptadas para vehículos; soportes y brackets adaptados para vehículos; sistemas de montaje adaptados para vehículos; partes estructurales y accesorios para vehículos.
Muebles de camping; sillas de camping; sillas para actividades al aire libre; mesas plegables; cajas no metálicas para almacenamiento; contenedores no metálicos para almacenamiento o transporte; cajas organizadoras no metálicas; organizadores no metálicos; tanques no metálicos ni de albañilería para almacenamiento; tanques de agua no metálicos ni de albañilería; muebles de cocina portátiles; módulos de cocina portátiles; muebles para cocina de campamento.
Hieleras portátiles no eléctricas; coolers no eléctricos; tazas; mugs; vasos; utensilios de cocina; utensilios para uso doméstico y de cocina; recipientes para uso doméstico o de cocina; recipientes térmicos para alimentos o bebidas; ollas y sartenes no eléctricas; baterías de cocina no eléctricas; accesorios de cocina; parrillas no eléctricas sin fuente de calor integrada; planchas no eléctricas para cocinar sin fuente de calor integrada.
Cuerdas y cordeles; redes; tiendas de campaña y lonas; toldos de materias textiles o sintéticas; velas de navegación; sacos para el transporte y almacenamiento de mercancías a granel; materiales de acolchado y relleno, excepto papel, cartón, caucho o materias plásticas; materias textiles fibrosas en bruto y sus sucedáneos; carpas; carpas de techo; tiendas de campaña; toldos de materias textiles o sintéticas; toldos laterales de materias textiles o sintéticas; lonas; paneles de materias textiles o sintéticas para toldos; habitaciones anexas para toldos; carpas para ducha; mosquiteros para camping; cuerdas; cordeles; tensores no metálicos; correas no metálicas para manipulación de cargas; grilletes blandos no metálicos; sacos y bolsas de materias textiles para almacenamiento y transporte; bolsas textiles para carga; bolsas impermeables de materias textiles para actividades al aire libre.
Ropa; prendas de vestir; camisetas; camisas; hoodies; sudaderas con capucha; pantalones; pantalones de senderismo; pantalones cortos; chaquetas; gorras; sombreros; artículos de sombrerería; calzado.
La publicación incorpora la indicación de que “el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud”, conforme al artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978. Esto significa que cualquier protección reclamada se limita a la forma concreta del signo incluida en la solicitud publicada. Además, la publicación reproduce la regla del artículo 28 de la Ley de Marcas (transcrita en el edicto): cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio. La publicación no identifica qué elementos, si los hay, quedarían fuera de protección; solo reproduce la regla.
La publicación cita a terceros interesados a que defiendan sus derechos ante el Registro dentro de los dos meses siguientes contados a partir de la primera publicación de este edicto. La propia publicación consigna la fecha 20 de octubre de 2026 como referencia en el texto. También señala que, a efectos de publicación, se atendió lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N.º 7978. La publicación registra: “Reservas: no se hacen reservas.”
¿Te resultó útil esta explicación?
Las reacciones muestran opinión de la comunidad; no cambian el contenido ni validan el documento oficial.
Inicia sesión para reaccionar.
Enviar una sugerencia sobre esta publicación
Este artículo explica una publicacion del Diario Oficial La Gaceta. La referencia juridica y documental primaria sigue siendo la Imprenta Nacional.
Documento oficial
La informacion fue detectada en el sitio oficial de Imprenta Nacional. Para lectura completa, consulte el documento original.
Comentarios (0)
Los comentarios son opiniones de sus autores. No forman parte de la explicación editorial ni sustituyen la fuente oficial.
Inicie sesión para comentar, responder o reportar.
Todavía no hay comentarios visibles. Puede iniciar la conversación.