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La GacetaTarifas y servicios publicos27 de octubre de 2026Explicación ciudadana

Solicitud de inscripción de la marca "SOL DE AGUA" para productos alimenticios y servicios de restauración y hospedaje

Se publicó una solicitud para inscribir el signo SOL DE AGUA como marca de comercio y de servicios. La persona que presenta la solicitud es Luis Enrique Herrera Montero, con datos personales y domicilio consignados en la publicación. La solicitud fue presentada el 16 de octubre de 2026 y la fecha que figura en el documento es el 19 de octubre de 2026. La publicación aparece en La Gaceta (Imprenta Nacional).

El solicitante pide protección del signo SOL DE AGUA en las clases internacionales 30 y 43. En la clase 30 se detalla proteger “Café, té, cacao y sus sucedáneos.” En la clase 43 se detalla proteger “Servicios de restauración (alimentación); hospedaje temporal.” Esos son los bienes y servicios concretos que indica la solicitud.

La publicación incluye la indicación de que, conforme al artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978, “el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud.” Eso significa que la protección solicitada se limita a la forma exacta del signo presentada en este trámite. Además, la publicación reproduce el contenido del artículo 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos, que dice: “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”. Esa cláusula se incorpora como un límite posible: si el signo incluyera elementos de uso común o necesario en el comercio, esos elementos no quedarían protegidos por la inscripción.

La publicación señala expresamente “No se hacen reservas.” También indica que se cita a terceros interesados para que, si creen que sus derechos son afectados, los puedan hacer valer ante el Registro dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Por tanto, el inicio concreto del plazo dependerá de la fecha real de primera publicación.

En la práctica, la publicación informa que existe una solicitud en trámite para proteger SOL DE AGUA en los bienes y servicios indicados. La publicación no constituye la concesión definitiva del registro; simplemente hace pública la solicitud y abre el plazo para que terceros actúen si lo consideran procedente.

La publicación incluye el nombre del funcionario registrador que firma el aviso: Rina Ruiz Mata, Registrador(a). Aparece también un código de trámite entre paréntesis: ( IN202601134724 ). La fuente oficial indicada en la evidencia es La Gaceta (Imprenta Nacional), con el documento publicado en la fecha consignada en la cabecera del edicto.

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Respaldo oficial

Este artículo explica una publicacion del Diario Oficial La Gaceta. La referencia juridica y documental primaria sigue siendo la Imprenta Nacional.

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Publicacion27 de octubre de 2026
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