Solicitud de registro de la marca de servicios «CORNERSTONE» (clases 35 y 42) — publicada en La Gaceta
Se publicó en La Gaceta la solicitud de inscripción de la marca de servicios CORNERSTONE. La publicación comunica que María Gabriela Bodden Cordero, en calidad de apoderado especial de Cornerstone Ondemand INC., presentó una solicitud de registro ante el Registro de Marcas. La fecha de la solicitud indicada es el 16 de octubre de 2026 y la fecha del edicto publicada es el 19 de octubre de 2026. La publicación en La Gaceta sirve para hacer pública la solicitud y convocar a terceros interesados a ejercer sus derechos según el procedimiento administrativo aplicable.
La solicitante es Cornerstone Ondemand INC., con domicilio declarado en 1601 Cloverfield Boulevard, Suite 620, Santa Mónica, CA 90404, Estados Unidos de América.
La solicitud pide inscribir el signo CORNERSTONE como marca de servicios en las clases internacionales 35 y 42. El texto de la solicitud describe de forma detallada y extensa los servicios concretos que se quieren proteger bajo esa marca. En la clase 35 se incluyen, entre otros, servicios de consultoría empresarial y de recursos humanos; recolección, suministro y análisis de datos empresariales y de encuestas; realización y análisis de encuestas a empleados, clientes y candidatos; gestión del rendimiento de empleados; selección, contratación y administración de personal; organización y supervisión de programas de incentivos; puesta a disposición de un sitio web para empleados, candidatos, socios, clientes y usuarios registrados con información sobre colaboración y gestión empresarial; metodologías de implementación empresarial orientadas a reducir duración de proyectos, horas de consultoría, errores y costes; servicios educativos y de formación (clases en línea, seminarios, talleres) y servicios por suscripción para capacitación de empleados, ejecutivos y consultores; y servicios de información, asesoría y consultoría relacionados con todos los anteriores. En la clase 42 se detallan, entre otros, suministro temporal de software informático no descargable (SaaS), plataforma como servicio (PaaS), investigación y desarrollo en APIs e inteligencia artificial para optimizar el lugar de trabajo, diseño, desarrollo, actualización, integración y alojamiento de software y sitios web, asistencia técnica y consultoría informática, migración y conversión de datos, creación y suministro de comunidades en línea para el seguimiento de competencias, formación, certificación y evaluación de empleados y candidatos, y funciones concretas para atraer, contratar, incorporar y gestionar candidatos y empleados (gestión de solicitudes, entrevistas, evaluación y analítica), así como herramientas para medir rendimiento y productividad de empleados y para formación y seguimiento de avance.
La publicación incluye una reserva que indica que “el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud”, conforme al artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos. También se cita el artículo 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos en relación con la regla de que, cuando una marca combina elementos y algunos de éstos son de uso común o necesarios en el comercio, la protección no se extenderá a esos elementos por separado. La evidencia contiene estas referencias textuales; no proporciona interpretaciones adicionales ni efectos prácticos más allá de las frases citadas.
La publicación cita a terceros interesados para que, si desean defender sus derechos, lo hagan ante este Registro dentro de los dos meses siguientes contados a partir de la primera publicación del edicto. La primera publicación está fechada el 19 de octubre de 2026; por tanto, ese plazo de dos meses comienza a computarse desde esa fecha según el edicto.
La evidencia documenta una solicitud publicada y las descripciones de los servicios y reservas tal como las transcribe el edicto. Donde el documento plantea reglas legales (artículo 18 del Reglamento, artículo 28 de la Ley de Marcas) se reproducen las frases citadas en la solicitud; la evidencia no explica ni desarrolla la aplicación práctica de esas normas en este caso concreto.
¿Te resultó útil esta explicación?
Las reacciones muestran opinión de la comunidad; no cambian el contenido ni validan el documento oficial.
Inicia sesión para reaccionar.
Enviar una sugerencia sobre esta publicación
Este artículo explica una publicacion del Diario Oficial La Gaceta. La referencia juridica y documental primaria sigue siendo la Imprenta Nacional.
Documento oficial
La informacion fue detectada en el sitio oficial de Imprenta Nacional. Para lectura completa, consulte el documento original.
Comentarios (0)
Los comentarios son opiniones de sus autores. No forman parte de la explicación editorial ni sustituyen la fuente oficial.
Inicie sesión para comentar, responder o reportar.
Todavía no hay comentarios visibles. Puede iniciar la conversación.