Solicitud de inscripción como Marca de Servicios N.º 2026-0011792 (clase 45)
La Gaceta publicó un edicto que registra la solicitud N.º 2026-0011792 para inscribir una marca de servicios en la clase internacional 45. El edicto actúa como notificación pública: informa sobre la solicitud y abre un plazo para que terceros defiendan sus derechos ante el Registro de Marcas.
La solicitud busca proteger y distinguir, bajo una marca de servicios, una lista de actividades contenidas en la clase 45: servicios jurídicos; asesoría legal; consultoría legal; acompañamiento legal; representación legal; elaboración legal; elaboración de dictámenes e informes jurídicos; consultoría en asuntos administrativos, corporativos, laborales, contractuales, regulatorios y de cumplimiento normativo; mediación; conciliación; negociación; facilitación; arbitraje; y resolución alterna de conflictos.
El solicitante se reserva el color “dorado solido” para la marca. La solicitud indica que, conforme al artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978, “el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud”, lo que significa que la protección solicitada corresponde exactamente a la representación presentada en la solicitud. Además, el edicto reproduce la disposición citada (art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos) que establece que, si la marca consiste en una etiqueta o en un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesarios en el comercio.
La solicitud aparece con fecha 15 de octubre de 2026 y se indica que fue presentada el 18 de septiembre de 2026. La publicación consultada en La Gaceta tiene fecha 26/10/2026. El edicto cita a terceros interesados a hacer valer sus derechos ante el Registro dentro de los dos meses siguientes contados a partir de la primera publicación de este edicto. Por tanto, el plazo para presentar oposiciones o reclamaciones empieza a correr desde la primera publicación del edicto en La Gaceta; el texto no da detalles sobre el procedimiento práctico para presentar la oposición, solo fija el plazo de dos meses.
En la práctica, la publicación informa que existe una solicitud para registrar una marca que se propone identificar los servicios legal y de resolución de conflictos listados. Mientras no concluya el trámite registral y, en particular, mientras transcurra el plazo de oposición y no se dicte resolución del Registro, la marca no está necesariamente inscrita ni goza de la protección definitiva que otorga una inscripción.
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Este artículo explica una publicacion del Diario Oficial La Gaceta. La referencia juridica y documental primaria sigue siendo la Imprenta Nacional.
Documento oficial
La informacion fue detectada en el sitio oficial de Imprenta Nacional. Para lectura completa, consulte el documento original.
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