Edicto judicial: se tramita disolución no contenciosa de la Fundación Oportuna y se concede plazo de tres días a interesados
La gestión fue promovida por Sandra Vanessa Angulo Calderón y el juzgado califica el procedimiento como no contencioso. En la resolución publicada se dispone que se concede un plazo de tres días a los socios, asociados, representantes y terceros interesados para que gestionen “lo que consideren conforme a la ley”. El edicto debe publicarse una vez en La Gaceta. La resolución fue emitida por el juez Harold Ríos Solórzano el 16 de octubre de 2026 a las 10:16.
el trámite es no contencioso (es decir, la disolución se promueve sin conflicto formal entre partes, según la expresión usada en la resolución). El único plazo que la resolución establece expresamente es de tres días para que los interesados actúen; el documento no precisa desde qué fecha corren esos tres días (por ejemplo, desde la fecha de la resolución, desde la publicación en La Gaceta o desde otra notificación). El edicto indica que se publique una vez en La Gaceta.
el texto contiene dos referencias de expediente distintas: “expediente número 26-000041-2023-CI” en la primera mención y “Expediente N° 26-000087-2023-CI” al final del edicto.
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