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La GacetaTrabajo26 de octubre de 2026Explicación ciudadana

Notificación por publicación de despido disciplinario a funcionaria del Benemérito Cuerpo de Bomberos de Costa Rica

El acto final fue dictado el 15 de octubre de 2026 a las 9:40 y corresponde al procedimiento administrativo disciplinario tramitado bajo el expediente CBCR-011-2026-ORL-O. La notificación por publicación se realiza porque no fue posible practicar la notificación en el último domicilio registrado ante la institución y no consta otro lugar o medio disponible según las diligencias del expediente; se hará conforme a los artículos citados de la Ley General de la Administración Pública.

La Dirección General, tras valorar prueba documental y testimonial, consideró acreditadas ausencias injustificadas de la funcionaria en estas fechas: 8, 9, 27, 28, 29 y 30 de abril de 2026, y el 20 de mayo de 2026. Según la resolución, en esos días no constaba incapacidad médica, permiso, licencia u otra causa que justificara las ausencias. La Dirección General determinó que esas faltas incumplieron el deber de asistencia y de prestación efectiva del servicio y que afectaron el funcionamiento de la Unidad de Mantenimiento Vehicular. Específicamente, la resolución afirma que las ausencias requirieron redistribuir funciones y generaron acumulación de expedientes y atrasos en las labores administrativas.

Por esas razones, la Dirección General calificó la conducta como una falta gravísima y aplicó la sanción de despido sin responsabilidad patronal. La resolución indica que la sanción se funda en normas internas de la institución (artículos señalados de la Convención Colectiva de Trabajo del Benemérito Cuerpo de Bomberos de Costa Rica) y en una causal del Código de Trabajo (artículo y inciso citados en el texto).

La persona afectada puede interponer los recursos ordinarios de revocatoria y apelación contra este acto final. Ambos recursos deben presentarse ante la Dirección General y el plazo para hacerlo es de tres días hábiles, contado a partir del día hábil siguiente a aquel en que se tenga por hecha la notificación. La revocatoria será resuelta por la Dirección General y la apelación se elevará al Consejo Directivo para su resolución.

El texto íntegro de la resolución y el expediente administrativo están disponibles para consulta de la parte interesada, según la publicación. La notificación se tendrá por hecha cinco días después de la última publicación, conforme al artículo 241 de la Ley General de la Administración Pública. La publicación está firmada por Héctor Chaves León, Director General, e identificada con la referencia IN202601133737. La fuente de esta información es la publicación oficial en La Gaceta del Benemérito Cuerpo de Bomberos de Costa Rica, disponible en la Imprenta Nacional (documento con URL y referencia del expediente indicados en la evidencia).

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Este artículo explica una publicacion del Diario Oficial La Gaceta. La referencia juridica y documental primaria sigue siendo la Imprenta Nacional.

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Publicacion26 de octubre de 2026
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