Régimen transitorio de cinco años para que las ASADAS se incorporen progresivamente al Sistema Digital Unificado (SDU) de contratación pública
El proyecto crea un régimen transitorio de cinco años, contado desde la entrada en vigencia de la ley, para las asociaciones administradoras de acueductos y alcantarillados comunales (asadas). Durante ese plazo, las asadas no estarán obligadas a usar el Sistema Digital Unificado (SDU) para tramitar sus procedimientos de contratación, aunque sí deben seguir cumpliendo las demás obligaciones, principios y disposiciones del régimen de contratación pública que les apliquen. Las asadas que ya cuenten con las condiciones necesarias podrán incorporarse al SDU de forma anticipada; la incorporación anticipada no afecta el régimen transitorio.
El Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (AyA), en coordinación con el Ministerio de Hacienda y las demás instituciones competentes, es responsable de conducir el proceso de preparación e incorporación progresiva de las asadas al SDU. El AyA deberá elaborar, dentro de los seis meses siguientes a la entrada en vigencia de la ley, un plan público de implementación y seguimiento. Ese plan debe incluir un diagnóstico actualizado de las capacidades de las asadas, criterios objetivos de priorización, metas y etapas, cronograma de capacitación y registro, identificación de costos y los recursos que el AyA transferirá para lograr la incorporación, así como indicadores y mecanismos de seguimiento. Las Federaciones, Ligas y Uniones de Acueductos Comunales (FLU) y la Confederación Nacional (Conaflu) participarán en apoyo y articulación territorial, sin sustituir las responsabilidades del AyA ni de las demás instituciones.
El régimen es progresivo y condicionado: la programación atenderá criterios verificables relacionados con la capacidad real de cada asada para usar el SDU (nivel de desarrollo, actividad contractual, capacidades técnicas y tecnológicas, grado de preparación, conectividad y costos). La categorización técnica del AyA puede servir como un insumo para la priorización, pero no determina por sí sola plazos diferenciados ni presume preparación efectiva. El AyA también debe coordinar con el Ministerio de Hacienda y con la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos (Aresep) para valorar, dentro de sus competencias, los costos de implementación y su posible reconocimiento tarifario; esa valoración no implica automáticamente un aumento tarifario.
Los costos asociados a la incorporación (capacitación, incorporación y operación) deberán ser identificados, cuantificados y transparentados a las asadas antes de su incorporación. Durante el período transitorio el AyA, el Ministerio de Hacienda y Aresep publicarán, anualmente a partir del primer año de vigencia, una evaluación de avance sobre la implementación. Además, seis meses antes de terminar los cinco años se realizará una evaluación integral que deberá publicarse y remitirse informativamente a la Asamblea Legislativa al mes siguiente. El plan de implementación y seguimiento será público y podrá actualizarse durante el período transitorio.
El proyecto parte del reconocimiento de que hasta diciembre de 2026 las sucesivas exclusiones temporales del SDU no lograron alta incorporación de las asadas: de unas 1 366 asadas al cierre de 2024 el AyA priorizó aproximadamente 518 para incorporación, pero solo 32 se inscribieron a cursos (con pago de USD 152) y 17 continuaron. El texto reporta además limitaciones en capacidad institucional del AyA para acompañar y en las condiciones heterogéneas del sector (una gran proporción de asadas con niveles de desarrollo bajos o muy bajos y con déficit de personal y atención a solicitudes). Por ello, el proyecto vincula el plazo a acciones, recursos, capacitación, criterios objetivos y evaluaciones, en lugar de conceder nuevas prórrogas automáticas.
El artículo final dispone que la ley rige a partir de su publicación.
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Este artículo explica una publicacion del Diario Oficial La Gaceta. La referencia juridica y documental primaria sigue siendo la Imprenta Nacional.
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