Solicitud de registro de marca “WeExperience” como marca de servicios (clases 35, 36, 37 y 41)
Se publicó una solicitud de inscripción de marca presentada por Pablo José González Montoya para registrar la denominación WeExperience como marca de servicios. La solicitud fue presentada el 21 de agosto de 2026 y en el documento aparece la fecha 14 de octubre de 2026. La publicación que contiene este aviso corresponde al trámite en el Registro de Marcas (edito en La Gaceta). La Registradora aparece como Kimberly Arick Alvarado.
El solicitante pide que la expresión WeExperience se inscriba y se proteja “tal y como aparece en la solicitud”. Además el solicitante declara reservas de colores: negro, amarillo, azul y verde. El aviso indica específicamente que, conforme al artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978, la protección alcanzará la forma en que el signo fue presentado en la solicitud (es decir: la imagen o representación registrada se protegerá tal cual se pidió).
La solicitud abarca servicios en las siguientes clases internacionales indicadas en el aviso:
Servicios relacionados con la gestión, operación, organización y administración de una empresa comercial o industrial, y servicios de publicidad, marketing y promoción. En la práctica, si la marca se registra, podrá usarse para distinguir empresas o actividades que ofrezcan esos servicios empresariales y de comunicación comercial.
Servicios vinculados a banca y otras transacciones financieras, servicios de valoración financiera, y actividades de seguros e inmobiliarias. Es decir, se pretende proteger el uso de WeExperience en servicios financieros, de seguros y bienes raíces conforme a lo descrito.
Servicios en el campo de la construcción y servicios relacionados con la restauración o conservación de objetos sin alterar sus propiedades físicas o químicas. En la práctica, esto cubre actividades de obra y trabajos de restauración o conservación del patrimonio o bienes materiales tal como se describen.
Servicios de educación o formación; servicios cuyo objetivo básico sea entretenimiento, diversión o recreación; y la presentación de obras de arte visual o literatura al público con fines culturales o educativos. En práctica, la marca se pretende para actividades docentes, recreativas y culturales.
El aviso cita a “terceros interesados” para que, si consideran que la inscripción afecta sus derechos, los defiendan ante el Registro dentro de un plazo de dos meses contados a partir de la primera publicación de este edicto. En términos prácticos, eso significa que cualquier persona o empresa que crea que la marca solicitada invade derechos anteriores o genera impedimentos tiene un plazo legal limitado para presentar oposición ante el Registro de Marcas.
La protección solicitada se limita a la representación exacta incluida en la solicitud (la forma gráfica y los colores reservados) y a los servicios descritos por cada clase. El aviso también reproduce una indicación del artículo 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que señala que cuando una marca consiste en una etiqueta compuesta por varios elementos, la protección no se extenderá a aquellos elementos que sean de uso común o necesarios en el comercio. En otras palabras, elementos que sean de uso corriente no quedarán protegidos por el registro cuando formen parte de la etiqueta compuesta.
El documento es un edicto de publicación en La Gaceta que inicia el plazo para que terceros presenten oposiciones (dos meses desde la primera publicación). El aviso incluye referencias a normas (art. 18 del Reglamento y art. 28 de la Ley) que condicionan la extensión de protección, pero el texto no muestra aquí la resolución definitiva sobre la inscripción ni información sobre eventual concesión, pago de tasas, examen de fondo o fecha de registro final.
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Este artículo explica una publicacion del Diario Oficial La Gaceta. La referencia juridica y documental primaria sigue siendo la Imprenta Nacional.
Documento oficial
La informacion fue detectada en el sitio oficial de Imprenta Nacional. Para lectura completa, consulte el documento original.
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