Publicación de primera vez: solicitud de registro de marca de servicios Nº 2026-0004949
Este documento publica por primera vez la solicitud de inscripción como marca de servicios presentada por Jimena Binnss Salazar. La solicitud figura con el número 2026-0004949 y fue presentada el 29 de abril de 2026; en el edicto aparece la fecha 4 de mayo de 2026.
La solicitante pide protección en la clase 41 (servicios). El servicio concreto que se indica es: “Servicios de entretenimiento para fiestas de niños.” La solicitante también reserva colores para el signo: anaranjado, verde agua, verde limón y rosado. El edicto indica que, “De conformidad con el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978 el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud.” Esto significa que la protección reclamada se refiere a la representación del signo tal como fue presentada al Registro, incluidos los colores reservados.
El aviso cita el texto del artículo 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos (mencionado en el edicto) para señalar una limitación específica: “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”. El edicto reproduce esa regla; no incluye en sí una lista de cuáles elementos serían considerados de uso común o necesario, por lo que no puede determinarse aquí qué partes del signo, si las hubiera, quedarían fuera de protección.
El edicto cita y convoca a terceros interesados a “defender sus derechos” ante el Registro dentro de los dos meses siguientes contados a partir de la primera publicación de este edicto. El texto literal es: “Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.” El documento publicado aquí no precisa la fecha exacta de inicio del cómputo más allá de esa referencia a la primera publicación; por tanto, la evidencia sólo permite afirmar que existe un plazo de dos meses desde la primera publicación para presentar oposiciones o acciones administrativas, sin fijar en este texto la fecha concreta en que comienza ese plazo.
El edicto indica además: “A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.” El registrador que firma y registra el aviso se identifica como Walter Alfaro González y aparece el identificador interno IN202601134112.
El edicto no incluye en su texto la representación gráfica del signo ni una descripción adicional del diseño; por esa razón no puede precisarse cómo se verá la marca en la práctica ni qué elementos exactamente contiene más allá de los colores reservados. Si el texto oficial en algún punto resulta incompleto o no da fechas precisas (por ejemplo, el inicio del cómputo del plazo de dos meses), esta explicación lo indica y no interpreta ni completa esos vacíos. La fuente de la publicación es La Gaceta (Imprenta Nacional); el edicto reproducido proviene de la publicación oficial con documento referenciado en la evidencia.
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Este artículo explica una publicacion del Diario Oficial La Gaceta. La referencia juridica y documental primaria sigue siendo la Imprenta Nacional.
Documento oficial
La informacion fue detectada en el sitio oficial de Imprenta Nacional. Para lectura completa, consulte el documento original.
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