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La GacetaTarifas y servicios publicos21 de octubre de 2026Explicación ciudadana

Solicitud de registro de la marca TETHER ante el Registro de Marcas (Solicitud N° 2026-0005846)

Se publicó una solicitud para inscribir la palabra TETHER como Marca de Comercio y Servicios. Esta publicación notifica la presentación de la solicitud; no es una concesión de registro sino el inicio del trámite público para que terceros puedan defender sus derechos conforme a la Ley de Marcas.

La petición la presentó Luis Diego Acuña Vega, en su calidad de Apoderado Especial de Tether Operations S. A. de C.V., con domicilio declarado en Colonia Escalón, 87 avenida norte, calle El Mirador, edificio Torre Futura, oficina 06, nivel 11, San Salvador, El Salvador.

Se pide que TETHER se proteja para una amplia lista de productos y servicios, agrupados por las clases internacionales 9, 10, 35, 36, 38, 40, 41 y 42. Entre los bienes y servicios que la solicitud enumera están, a título representativo y según lo declarado por el solicitante: software descargable y en la nube; software y hardware relacionados con inteligencia artificial (IA), aprendizaje automático y blockchain; aplicaciones y plataformas para intercambio y gestión de criptomonedas, tokens digitales y monedas virtuales; billeteras de criptomonedas; software y dispositivos vestibles (gafas inteligentes, relojes inteligentes, cámaras vestibles); robots y componentes robóticos (robots humanoides, robots quirúrgicos, robots educativos, dispositivos de telepresencia); dispositivos médicos y equipos de interfaz cerebro-computadora; servicios financieros y de intercambio de monedas digitales, tokens y divisas, incluyendo procesamiento de pagos, emisión y canje de monedas digitales y tokens, servicios de custodia, préstamo y comercio (incluyendo plataformas y bolsas de futuros); servicios de telecomunicaciones y transmisión (streaming, webcasting, videoconferencia); generación y producción de energía y servicios relacionados con energías renovables; servicios educativos y de formación, incluidos cursos y plataformas educativas en línea; y servicios de investigación, diseño y suministro de software como servicio (SaaS) y de inteligencia artificial aplicados a biotecnología, neurociencia, dispositivos médicos y robótica.

La solicitud describe de forma detallada los productos y servicios para cada clase; en el documento se establece una reserva: “De conformidad con el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978 el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud.” Esto indica que la protección solicitada será la tal como se presentó el signo gráfico en la solicitud.

El edicto cita a terceros interesados para que, si consideran que la solicitud afecta sus derechos, los hagan valer ante el Registro dentro de los dos meses siguientes contados a partir de la primera publicación de este edicto. Es decir, hay un plazo de oposición de dos meses desde la primera publicación. La solicitud fue presentada el 19 de mayo de 2026 y la fecha consignada en el documento es 28 de agosto de 2026.

El texto de la solicitud lista muchos bienes y servicios específicos y campos de aplicación (por ejemplo, usos médicos, biotecnológicos, financieros y energéticos). Esa lista es la que el solicitante pretende que la marca cubra; sin embargo, la publicación es solo la solicitud inicial y no implica que la marca ya tenga otorgada protección. Además, la reserva citada indica que la protección será “tal y como aparece en la solicitud”, lo que implica que los elementos gráficos presentados son los que, en su caso, se examinarán y podrán protegerse. El edicto también menciona que, para efectos de publicación, se tenga en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978, pero el contenido de ese artículo no está reproducido en este documento.

La información proviene del edicto publicado en La Gaceta (Imprenta Nacional) con referencia al expediente IN202601134000. Se señala la fecha de presentación (19 de mayo de 2026) y la fecha en el documento (28 de agosto de 2026).

El edicto cita a terceros interesados a hacer valer sus derechos dentro del plazo de dos meses desde la primera publicación.

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Respaldo oficial

Este artículo explica una publicacion del Diario Oficial La Gaceta. La referencia juridica y documental primaria sigue siendo la Imprenta Nacional.

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Publicacion21 de octubre de 2026
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La informacion fue detectada en el sitio oficial de Imprenta Nacional. Para lectura completa, consulte el documento original.

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