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La GacetaTrabajo21 de octubre de 2026Explicación ciudadana

Solicitud de registro de marca "Naüal" para servicios de hospedaje (clase 43)

La Gaceta publicó una solicitud de registro de marca presentada ante el Registro de Marcas. No es una concesión: es una petición formal para inscribir la marca “Naüal” como marca de servicios en la clase 43 (servicios relacionados con alojamiento y comida). La publicación sirve para informar a terceros y abrir el plazo legal de oposición.

En la solicitud aparece el domicilio declarado: Calle 78, SKY Garden Nunciatura, Pavas, San José, Costa Rica. La fecha indicada en el documento es 14 de octubre de 2026 y la presentación ante el Registro figura como el 1 de octubre de 2026.

Se pide registrar “Naüal” como marca de servicios en la clase 43 internacional. En la práctica, si la marca llegara a inscribirse, quedaría destinada a identificar y distinguir servicios como: alojamiento temporal; hospedaje; alquiler de alojamientos; hotelería; casas y cabañas vacacionales; pensión o residencia temporal; provisión de comida y bebida para huéspedes; cafetería; y restaurante. Esos son los servicios concretos que la solicitud quiere proteger bajo la marca.

La solicitud incluye una reserva sobre el alcance visual del signo: conforme al artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978, “el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud”. Además, el edicto recuerda el contenido del artículo 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos: cuando la marca consista en una etiqueta o en un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos que sean de uso común o necesarios en el comercio. En términos prácticos, esto significa que la eventual protección alcanzaría la forma concreta presentada de “Naüal”, pero no impediría que terceros usen elementos que sean genéricos o necesarios para describir los servicios.

La publicación cita a terceros interesados a que defiendan sus derechos ante el Registro dentro de los dos meses siguientes contados a partir de la primera publicación del edicto. Eso quiere decir que quienes consideren que tienen derechos anteriores o razones para oponerse podrán presentar su reclamo dentro de ese plazo. La Gaceta es la fuente oficial de la publicación y la cita aparece en el edicto publicado por el Registro de Marcas (La Gaceta / Imprenta Nacional, edicto con fecha de 14 de octubre de 2026).

Mi explicación se basa únicamente en el texto publicado en el edicto de la Gaceta. No se informa en él si la marca ha sido ya examinada, concedida o denegada; por tanto, no se puede afirmar que la marca esté inscrita ni que produzca derechos registrales definitivos hasta que el Registro adopte una resolución final y se cumplan todos los procedimientos legales aplicables.

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Respaldo oficial

Este artículo explica una publicacion del Diario Oficial La Gaceta. La referencia juridica y documental primaria sigue siendo la Imprenta Nacional.

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Publicacion21 de octubre de 2026
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La informacion fue detectada en el sitio oficial de Imprenta Nacional. Para lectura completa, consulte el documento original.

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