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La GacetaTarifas y servicios publicos21 de octubre de 2026Explicación ciudadana

ARESEP convoca consulta pública sobre propuesta de ajuste extraordinario de precios de combustibles para octubre de 2026 (Expediente ET-115-2026)

La Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos (ARESEP) publica una convocatoria a consulta pública sobre la «APLICACIÓN TARIFARIA DE OFICIO PARA EL AJUSTE EXTRAORDINARIO DE LOS PRECIOS DE LOS COMBUSTIBLES DERIVADOS DE LOS HIDROCARBUROS, CORRESPONDIENTE AL MES DE OCTUBRE DE 2026», identificado como expediente ET-115-2026. Esto significa que ARESEP pone a consideración una propuesta de precios y solicita que las personas interesadas presenten observaciones por escrito.

El documento incluye tablas con los «DETALLE DE PRECIOS PROPUESTOS» para varios productos derivados de hidrocarburos. Esas tablas muestran precios expresados en colones por litro (y otra tabla por kg para algunos productos) y contienen columnas con distintos valores publicados por Recope y columnas marcadas como “Propuesto” para ARESEP. El texto del oficio incluye notas y aclaraciones sobre márgenes de comercialización, flete y sobre fórmulas que deben usarse para calcular el pago del flete por el cliente, referidas a resoluciones anteriores citadas en el documento. También hay una sección separada con precios máximos de venta del gas licuado de petróleo (GLP) por tipo de envase y por litro.

Ejemplos de filas publicadas en la tabla (tal como aparecen en el documento): Gasolina súper 692,90 735,10 696,65 738,84 764 806 Gasolina plus 91 647,74 737,35 651,48 741,10 719 808 Diésel 50 ppm de azufre 714,00 736,56 717,74 740,30 785 808 Keroseno 593,28 650,99 597,02 654,73 664 722 Jet fuel A 715,33 772,25 719,08 776,00 733 790 Av-Gas 992,25 1100,24 1 010 1 118

(El documento contiene más filas y columnas; aquí se reproducen textualmente algunas entradas tal como aparecen en la publicación.)

El propio documento señala que «Recope no presentó los precios al consumidor final para distribuidores sin punto fijo», y que, de aprobarse la solicitud, esos precios podrían modificarse. También advierte que «La descripción de los productos presentados por Recope no corresponden a los establecidos en la RIE-030-2018 (ET-081-2017).» Esas frases constan en la publicación; indican que hay aspectos de la información remitida por Recope que no están completos o no coinciden con nomenclaturas usadas por ARESEP. Si un fragmento del texto resulta poco claro o las columnas no están identificadas de forma inequívoca en la versión impresa, la evidencia no permite concluir con certeza la correspondencia exacta entre cada columna y el precio final aplicable sin consultar el expediente completo.

El documento incluye una tabla con precios máximos a facturar del GLP (incluye impuesto único) por litro y por cilindro para mezcla propano-butano y para gas rico en propano. Ejemplos textuales de la tabla: Cilindro de 4,54 kg (10 lb) 1 976,00 2 494 3 090 2 986,00 3 530 4 157 Cilindro de 9,07 kg (20 lb) 3 947,00 4 982 6 173 5 964,00 7 053 8 304 Cilindro de 27,22 kg (60 lb) 11 845,00 14 952 18 526 17 900,00 21 166 24 921 La tabla incluye notas sobre márgenes de envasador, distribuidor y comercializador que ya están incorporados en los montos.

Si ARESEP aprobara la aplicación tarifaria tal como está propuesta, los precios de venta al público y los precios de plantel/distribuidor que figuran en las tablas publicarían los valores de referencia para esos combustibles y GLP durante el ajuste extraordinario de octubre de 2026. El documento no convierte propósitos o estimaciones en efectos ya cumplidos; solo expone la propuesta que se somete a consulta.

Las personas o entidades interesadas pueden presentar observaciones a favor o en contra por escrito. Plazos y formas para participar según la publicación: Fecha límite: hasta el martes 27 de octubre de 2026. Dónde enviar: por escrito firmado a consejero@aresep.go.cr (correo oficial) o entregarlo en las oficinas de la ARESEP en el edificio Turrubares del Oficentro Multipark, Guachipelín de Escazú, San José. Requisitos formales: adjuntar fotocopia de la cédula; para personas jurídicas, el escrito debe estar suscrito por el representante legal y adjuntar certificación de personería jurídica vigente. Si se envía por correo electrónico, debe estar suscrito con firma digital o, en su defecto, el documento escaneado con firma manuscrita y cumplir los requisitos mencionados; además el correo no puede exceder 10,5 megabytes. Debe indicarse un medio para recibir notificaciones (correo electrónico, número de fax o dirección exacta).

El expediente ET-115-2026 está disponible para consulta en las instalaciones de la ARESEP en horario de 8:00 am a 4:00 pm y en la página web de la ARESEP (www.aresep.go.cr) en la sección de expedientes (ET-115-2026). También se ofrece asesoría por correo a consejero@aresep.go.cr o por la línea gratuita 8000 273737.

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Este artículo explica una publicacion del Diario Oficial La Gaceta. La referencia juridica y documental primaria sigue siendo la Imprenta Nacional.

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