Publicación de solicitud de marca de servicios presentada por Electro Beyco Sociedad Anónima (Solicitud N° 2026-0011505)
La Gaceta publica la Solicitud N° 2026-0011505, presentada por Katherine Ester Reischfleger Fonseca en calidad de apoderada especial de Electro Beyco Sociedad Anónima, para inscribir un signo como marca de servicios en las clases internacionales 35; 37; 40 y 42. La publicación consta en La Gaceta de la Imprenta Nacional con fecha 12 de octubre de 2026 y la solicitud fue presentada el 11 de setiembre de 2026.
Se indica domicilio en San Carlos, Ciudad Quesada, diagonal a la Pastelería Chaves, Alajuela, Costa Rica.
En la clase 35 se solicita protección para "Gestión y administración de proyectos electromecánicos, de control y automatización", y para el "agrupamiento, de una amplia gama de productos, que los consumidores puedan verlos y adquirirlos con comodidad" (esto describe servicios de exhibición o comercialización organizada de productos). En la clase 37 se describen la "Ejecución de proyectos: Trabajos Técnicos y Mantenimiento" y el "montaje, mantenimiento, reparación y puesta en marcha de los sistemas y proyectos relacionados con electromecánica, sistemas eléctricos, hardware y panel de control", realizados con personal técnico. En la clase 40 se solicita protección para el "ensamblaje de materiales: ensamble de tableros de control, de potencia y sistemas de automatización a partir de productos y materiales de diferentes fabricantes". En la clase 42 se incluyen "Servicios de Ingeniería, Diseño y Automatización de procesos", servicios de investigación y diseño conexos; análisis industrial, investigación y diseño industrial; control de calidad y servicios de autenticación; diseño y desarrollo de hardware y software; y servicios de asesoría y creación mediante el conocimiento profesional y técnico de ingeniería para el desarrollo de distintos procesos industriales.
La solicitud reserva expresamente los colores rojo y azul para el signo. Además, se indica que, conforme al artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos, "el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud", es decir, la protección se condiciona a la forma gráfica y los elementos que se hayan presentado en la solicitud.
El edicto cita el artículo 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos y reproduce la regla: cuando la marca sea una etiqueta u otro signo compuesto por varios elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesarios en el comercio. El aviso incluye esa advertencia como parte de la información sobre el alcance de la protección solicitada.
El edicto cita que terceros interesados que consideren lesionados sus derechos pueden hacerlos valer ante el Registro dentro de los dos meses siguientes contados a partir de la primera publicación de este edicto. Es decir, la publicación inicia un plazo de dos meses para presentar oposiciones o reclamos ante el Registro según lo señalado en el aviso.
El documento es firmado por Isela Chango Trejos en su calidad de Registradora. Para efectos de publicación se solicita atender lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978. Se incluye el número interno IN202601133773. La publicación completa está disponible en La Gaceta (Imprenta Nacional).
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Este artículo explica una publicacion del Diario Oficial La Gaceta. La referencia juridica y documental primaria sigue siendo la Imprenta Nacional.
Documento oficial
La informacion fue detectada en el sitio oficial de Imprenta Nacional. Para lectura completa, consulte el documento original.
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