Solicitud de patente PCT para un método y sistema dual para eliminar partículas suspendidas en cuerpos de agua artificiales
La Registradora publicó en La Gaceta la presentación de una solicitud de patente PCT titulada “MÉTODO Y SISTEMA DUAL PARA LA ELIMINACIÓN A BAJO COSTO DE PARTÍCULAS SUSPENDIDAS DESDE UN CUERPO DE AGUA PARA MANTENER UNA CALIDAD DE AGUA ADECUADA PARA ACTIVIDADES RECREATIVAS DE CONTACTO DIRECTO.” El aviso registra que se han depositado la memoria descriptiva, las reivindicaciones, el resumen y los diseños asociados a la solicitud. Fuente oficial: La Gaceta (Imprenta Nacional), aviso con enlace al documento publicado.
La solicitud aparece presentada por Marianela del Milagro Arias Chacón, en calidad de Apoderado Especial de Crystal Lagoons Technologies INC. El inventor señalado es Fischmann, Fernando (US). La clasificación internacional indicada es C02F 1/00. La prioridad invocada es la N° 18/590,426 del 28/02/2024 (US) y la publicación internacional referida es WO/2025/183913. La solicitud nacional lleva el número 2026-0334 y, según el aviso, fue presentada el 25 de agosto de 2026 a las 11:12:10. El aviso lleva la fecha San José, 11 de septiembre de 2026 y la firma de la Registradora.
La solicitud describe un “método y sistema dual” destinado a eliminar partículas suspendidas de cuerpos de agua artificiales. El documento indica condiciones concretas para su aplicación: se refiere a cuerpos de agua artificiales que posean una superficie mínima de 10.000 m²; emplea un “flujo de filtración centralizado permanente por debajo de los estándares” y mantiene un Índice de Cromatografía de Turbidez (CTI) por debajo de aproximadamente 19. Para mantener ese CTI bajo, se introduce “una cantidad efectiva de un Agente Reductor de CTI.” El aviso añade que también se pueden introducir otros agentes. Los documentos técnicos depositados (memoria, reivindicaciones, resumen y diseños) son los que contienen los detalles precisos del método y sistema; el aviso solo resume sus rasgos esenciales.
El anuncio usa expresiones que no se explican en detalle en el propio aviso. Por ejemplo, la frase “por debajo de los estándares” respecto al flujo de filtración no especifica a qué estándares se refiere ni sus valores exactos; ese fragmento impide saber qué exigencia técnica concreta se pretende cumplir. Asimismo, el aviso menciona “una cantidad efectiva” del Agente Reductor de CTI sin indicar magnitudes, concentraciones o dosis; por eso no puede determinarse, solo con este aviso, cuál es la cantidad requerida en la práctica. Estas imprecisiones están en el texto publicado y la explicación aquí las señala como límites de la evidencia.
El aviso informa que cualquier interesado podrá oponerse a la solicitud dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. El documento publicado ordena que el aviso se publique tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.
Este contenido está tomado del aviso publicado en La Gaceta (Imprenta Nacional), con el texto disponible en el documento oficial indicado en el aviso.
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Este artículo explica una publicacion del Diario Oficial La Gaceta. La referencia juridica y documental primaria sigue siendo la Imprenta Nacional.
Documento oficial
La informacion fue detectada en el sitio oficial de Imprenta Nacional. Para lectura completa, consulte el documento original.
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