Solicitud de registro de marca (N.º 2026-0005106) presentada por Shopylibre SPA
Este documento es la publicación de una solicitud de inscripción de marca registrada (Solicitud N° 2026-0005106). No es una resolución que conceda la marca; registra que se presentó la petición para inscribirla y cita a terceros interesados a oponerse si lo desean.
El domicilio declarado del solicitante aparece en Chile: Apoquindo N° 7935, 410, Las Condes, Santiago, Región Metropolitana, Chile.
Se solicita protección como marca de fábrica y de servicios en las clases internacionales 3, 8 y 35. En la práctica, si la marca llegara a inscribirse, la protección abarcaría exactamente los productos y servicios listados en la solicitud, y solo en la forma gráfica en que se presentó (ver límite más abajo). Los productos y servicios incluidos en cada clase son los siguientes, tal como aparecen en la solicitud:
productos de afeitar; preparaciones para después del afeitado; pastas para suavizadores de navajas de afeitar; mousse de afeitar; jabones de afeitar; lociones de afeitar; lociones para después del afeitado; gel de afeitar; gel para después del afeitado; espuma de afeitar; emulsiones para después del afeitado; cremas para antes del afeitado; cremas para después del afeitado; fragancias y artículos de perfumería; agua de perfume; colonias; perfumes y cosméticos; desodorantes corporales; desodorantes para uso personal; productos de perfumería.
maquinillas de afeitar eléctricas; maquinillas de afeitar no eléctricas; maquinillas para cortar el cabello eléctricas; navajas de afeitar; hojas de afeitar; hojas para maquinillas de afeitar eléctricas; cuchillas de maquinillas de afeitar; estuches para maquinillas de afeitar; fundas de maquinillas de afeitar; neceseres de afeitar; cortaúñas; tijeras para cortar cabello; tijeras para cutícula.
servicios de comercialización de compra y venta al por menor y al por mayor, de toda clase de productos de las Clases 3 y 8.
La solicitud está fechada el 6 de mayo de 2026 y fue presentada el 5 de mayo de 2026, según el texto de la publicación. El edicto aparece en la Gaceta; la metadata de la publicación oficial en línea indica fecha 16/10/2026. El edicto señala que se cita a terceros interesados para que hagan valer sus derechos dentro de los dos meses siguientes contados desde la primera publicación del edicto. La publicación fue firmada por la Registrador(a) Milena Marín Jiménez y contiene el código (IN202601133205).
La publicación incluye dos limitaciones importantes que afectan el alcance de la protección solicitada: 1) “de conformidad con el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978 el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud.” Esto significa que la protección queda limitada a la representación gráfica presentada; no se extiende a variaciones que no estén en esa representación. 2) Se indica que “Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica ‘Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio’.” Ese texto, tal como aparece en la publicación, señala que los elementos de uso común o necesarios en el comercio no estarán protegidos por la marca cuando formen parte de ella.
Terceros que se consideren afectados pueden presentar oposiciones o acciones para «defender sus derechos» ante el Registro dentro del plazo de dos meses contado desde la primera publicación del edicto. En consecuencia, la fecha exacta de inicio del plazo para terceros depende de cuál sea considerada la primera publicación formal del edicto según el Registro.
Donde el edicto usa frases legales y plazos (por ejemplo, la referencia a “dos meses siguientes contados a partir de la primera publicación”), he reproducido lo dicho en el texto y señalado que la fecha exacta de inicio del plazo depende de la publicación formal del Registro.
¿Te resultó útil esta explicación?
Las reacciones muestran opinión de la comunidad; no cambian el contenido ni validan el documento oficial.
Inicia sesión para reaccionar.
Enviar una sugerencia sobre esta publicación
Este artículo explica una publicacion del Diario Oficial La Gaceta. La referencia juridica y documental primaria sigue siendo la Imprenta Nacional.
Documento oficial
La informacion fue detectada en el sitio oficial de Imprenta Nacional. Para lectura completa, consulte el documento original.
Comentarios (0)
Los comentarios son opiniones de sus autores. No forman parte de la explicación editorial ni sustituyen la fuente oficial.
Inicie sesión para comentar, responder o reportar.
Todavía no hay comentarios visibles. Puede iniciar la conversación.