Solicitud de registro de marca N.º 2026-0011928 para vehículos (clase 12)
Se publica en La Gaceta la solicitud de inscripción como marca de fábrica y comercio número 2026-0011928. Es una solicitud, no una resolución de concesión; registra que alguien pidió la protección de una marca ante el Registro de Marcas.
La solicitante es Anel Michelle Aguilar Sandoval, en calidad de Apoderado Especial de Zhejiang Geely Holding Group Co. Ltd., con domicilio declarado en 1760 Jiangling Road, Binjiang District, Hangzhou, Zhejiang, China. La solicitud fue presentada el 21 de septiembre de 2026 y el documento está fechado el 08 de octubre de 2026. La publicación está en La Gaceta (Imprenta Nacional), en el edicto con referencia IN202601132403.
Se solicita protección en la clase 12 del Clasificador Internacional. El signo pide proteger y distinguir los siguientes productos, tal como aparecen en la solicitud: "vehículos eléctricos; vehículos para la locomoción por tierra, aire, agua o ferrocarril; cajas de c a m b i o p a r a v e h í c u l o s t e r r e s t r e s ; mecanismos de propulsión para vehículos terrestres; automóviles eléctricos; automóviles con motor; chasis de automóviles; tablas autoequilibradas; neumáticos para vehículos; frenos para vehículos." El texto indica expresamente que el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud, conforme al artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978.
La publicación cita a terceros interesados para que, si consideran que la solicitud afecta derechos suyos, los hagan valer ante el Registro dentro de los dos meses siguientes contados a partir de la primera publicación de este edicto. Es decir, terceros disponen de un plazo de dos meses desde la primera publicación para presentar oposiciones u otras acciones administrativas ante el Registro.
La solicitud se rige por lo indicado en el artículo 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos, cuyo texto citado dice: "Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio." En la práctica, esto significa que, aun si se concede la marca, no se podrá impedir el uso por otros de elementos del signo que sean de uso común o necesarios en el comercio, según la regla citada.
Por el momento, lo que hace la publicación es informar oficialmente la existencia de la solicitud y abrir el plazo para que terceros presenten oposiciones. No prueba que la marca haya sido concedida. Si la solicitud prospera, la protección abarcaría los productos listados en la clase 12, con las limitaciones ya mencionadas sobre elementos de uso común.
Esta explicación se basa en el edicto publicado en La Gaceta (Imprenta Nacional) en el documento relacionado con la Solicitud N.º 2026-0011928 (referencia IN202601132403), publicado con fecha 08 de octubre de 2026.
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Este artículo explica una publicacion del Diario Oficial La Gaceta. La referencia juridica y documental primaria sigue siendo la Imprenta Nacional.
Documento oficial
La informacion fue detectada en el sitio oficial de Imprenta Nacional. Para lectura completa, consulte el documento original.
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