Solicitud de inscripción de marca para monedas y billetes conmemorativos (clases 14 y 16): Aviso de petición y periodo de oposición
El documento es un aviso público que comunica la presentación de la Solicitud Nº 2026-0011694 para inscribir un signo como marca de comercio en las clases internacionales 14 y 16. No es una concesión de marca; informa la existencia de la solicitud y abre formalmente el plazo para que terceros interesados actúen ante el Registro.
La solicitud se presentó el 17 de septiembre de 2026 y en el edicto figura la fecha 23 de septiembre de 2026.
Se solicita la inscripción del signo como marca en clase 14 para “Monedas conmemorativas de colección” y en clase 16 para “Billetes conmemorativos de colección”. La reserva de colores indicada para el signo son negro y dorado. El aviso incorpora textual y conforme al artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978 la condición de que “el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud”, es decir, la protección reclamada corresponde a la forma y representación presentada en el trámite.
El aviso cita el artículo 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos para precisar una limitación: “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”. Esa cita indica que, de admitirse la marca, no se pretendería proteger elementos que sean de uso común o necesarios en el comercio; el edicto no determina en este acto cuáles elementos, si los hay, quedarían fuera de protección.
Se convoca a terceros interesados a ejercer sus derechos ante este Registro dentro de los dos meses siguientes contados a partir de la primera publicación de este edicto. El aviso remite además a lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978 para efectos de publicación. El documento incluye la firma del Registrador (Richard Valerin Castro) y un código interno (IN202601132140).
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Este artículo explica una publicacion del Diario Oficial La Gaceta. La referencia juridica y documental primaria sigue siendo la Imprenta Nacional.
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