Solicitud de inscripción de nombre comercial: Almacén Fiscal San Antonio (Solicitud N° 2026-0011159)
se publica una solicitud para inscribir como nombre comercial el signo presentado por Almacén Fiscal San Antonio Sociedad Anónima. La publicación es un edicto que comunica la entrada de esa solicitud y convoca a terceros interesados a ejercer sus derechos en un plazo determinado.
El domicilio declarado del solicitante/establecimiento está en provincia 02 Alajuela, cantón 01 Alajuela, distrito San Antonio, Logistics Development Park, de la zona franca, cuatrocientos metros al sur, Costa Rica.
se solicita la inscripción “como nombre comercial” y se indica específicamente en la clase 49: un establecimiento comercial dedicado a almacén fiscal, ubicado en la dirección señalada. El edicto dice que el signo se protegerá “tal y como aparece en la solicitud”, conforme al artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978.
la publicación incorpora la advertencia contenida en el texto legal citado: cuando la marca consista en una etiqueta o en un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos del signo que sean de uso común o necesarios en el comercio. El edicto también menciona que la solicitud se rige por lo dispuesto en el artículo 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos.
el edicto cita a “terceros interesados en defender sus derechos” para que los hagan valer ante este Registro dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. El texto publicado lleva fecha 29 de setiembre de 2026 y la solicitud figura como presentada el 4 de setiembre de 2026. La registradora que firma la publicación es Katherine Jiménez Tenorio. El edicto incluye la referencia (IN202601131578).
con esta publicación el Registro comunica oficialmente que existe una solicitud de inscripción del nombre comercial referido; a partir de la primera publicación comienza el plazo de dos meses para que terceros interesados ejerzan las acciones que consideren frente al Registro, y la protección solicitada queda sujeta a las reservas y límites expresados (protección tal como aparece y la exclusión de elementos de uso común o necesarios en el comercio). El edicto no contiene resolución final sobre la inscripción ni detalla pasos administrativos posteriores; solo registra la solicitud y convoca a terceros dentro del plazo mencionado.
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Este artículo explica una publicacion del Diario Oficial La Gaceta. La referencia juridica y documental primaria sigue siendo la Imprenta Nacional.
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